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POR vez primera desde el inicio de la Transición todos los grupos parlamentarios de la oposición -con alguna excepción dentro del Grupo Mixto- se han unido para presentar ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la reforma del Código Penal, que entra en vigor hoy, junto a la Ley de Seguridad Ciudadana, en el punto que consagra la llamada prisión permanente revisable. La reforma ha sido aprobada gracias en exclusiva a los votos del Partido Popular, en tanto que los demás grupos se han comprometido a derogarla en cuanto se produzca otra mayoría en las Cortes, independientemente del fallo que al respecto emita el Constitucional. El concepto de prisión permanente revisable se aplicará sólo en los casos de delitos especialmente graves, como los asesinatos terroristas, los cometidos contra el Rey o jefes de Estado extranjeros, los de genocidio o de lesa humanidad y aquéllos crímenes agravados por la circunstancia de que la víctima sea menor de edad o singularmente vulnerable. Significa que el reo cumplirá íntegramente la pena a la que se le condene, de entre 25 y 35 años, tras lo cual se revisará la condena a la luz del cumplimiento o no de determinados requisitos para hacer posible la libertad del preso. Según la oposición en pleno, el texto impulsado por el Gobierno en el nuevo Código Penal afecta a once artículos de la Constitución, en especial a los relativos al mandato de reinserción de los delincuentes condenados, a la prohibición de penas inhumanas, a los principios de proporcionalidad y legalidad penal (no es una pena determinada). El Ejecutivo, por su parte, con el apoyo del PP, subraya que este aspecto de la reforma del Código Penal fue avalado por los informes solicitados al Consejo Fiscal, Consejo de Estado y Consejo General del Poder Judicial y equipara nuestra legislación penal con la existente en otras naciones democráticas del entorno europeo. Por otra parte, el hecho de que se revise la condena a los 25 años no es necesariamente más rigorista y duro que la situación actual en la que se prevén penas de hasta cuarenta años para los delitos más graves. Al contrario que en la reforma, que también entra en vigor hoy, de la Ley de Seguridad Ciudadana, donde las opiniones están más divididas y las restricciones son contempladas como de dudosa calidad democrática, la prisión permanente revisable responde a una demanda social bastante generalizada, que se reproduce de manera sistemática cada vez que la opinión pública sufre el impacto de crímenes notoriamente graves por la condición de las víctimas o la brutalidad con que se conducen los delincuentes. El Tribunal Constitucional dictará, en todo caso, la última palabra.

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