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Alejandro V. García

Recusación

CINCO magistrados, cinco, de la Sala de lo Penal del Supremo, encargada de juzgar a Baltasar Garzón por un delito de prevaricación cometido al parecer por investigar los crímenes del franquismo, han sido apartados por su dudosa imparcialidad. Nunca antes habían sido recusados de un golpe, y en un solo procedimiento, tantos jueces. No podrán juzgar a Garzón el presidente de la sala, Juan Saavedra, el ponente inicial, Adolfo Prego, y los magistrados Juan Ramón Berdugo, Francisco Monterde y Joaquín Giménez García. Otros tantos compañeros del Supremo, no contagiados por decisiones anteriores sobre la misma causa, tendrán que discernir si abrir una causa general contra la dictadura (aunque fuese un error de procedimiento) implica por sí misma la comisión de un delito. O dicho de otro modo, si una interpretación errónea de la ley (y su corrección por una instancia superior) presupone una actuación prevaricadora. Si así fuera, si se produjera la condena, el precedente sería arriesgadísimo y se volvería en contra de la práctica totalidad de la judicatura, incluidos los magistrados que ahora han sido apartados del primero del procedimiento contra Garzón por constituir un caso clamoroso de incompatibilidad.

Recordemos. Cuatro de los cinco jueces recusados defendieron con ahínco su capacidad para juzgar a su antiguo colega de la Audiencia Nacional. En su razonamiento alegaron que su imparcialidad no se había visto afectada "tanto desde una perspectiva subjetiva como objetiva". Y aseguraron que no tenían "una idea preconcebida acerca de la culpabilidad o ausencia de ella del recusante" y, por consiguiente, que no había "quiebra alguna de las garantías" constitucionales.

Otra sala del Supremo, la llamada del artículo 61, ha entendido lo contrario: los magistrados están contaminados porque en sus resoluciones iniciales ya habían adelantado cuáles eran sus criterios sobre la responsabilidad penal de Garzón. La cuestión ahora es ésta: ¿Estaban equivocados los jueces recusados cuando defendieron su limpieza para juzgar a Garzón o actuaban a sabiendas de que forzaban la ley para asegurar un determinado fallo y no otro? ¿Cometieron un delito de prevaricación quienes insistieron en juzgar a Garzón pese a los indicios de parcialidad? El absurdo a que conduciría la aplicación de ese criterio es evidente.

Se afirma con vehemencia que la política está judicializada, pero ¿están politizados los jueces? Estoy convencido de que sí. Basta con examinar ciertas interpretaciones compararla con la simpatía ideológica de la sala o del firmante. Si la culpa de la judicialización de la política es de los partidos, la responsabilidad de la politización de la judicatura es de los jueces. Al menos en el Constitucional tres de ellos han dado un puñetazo en la mesa y se han plantado. Excelente pero tardío.

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