Cruz alzada

Juan / Moya / Gómez

Remodelación

UN año más, y no sabemos cuántos van ya, el Cabildo de Toma de Horas deparó escasas novedades respecto de los horarios e itinerarios de nuestras cofradías, casi nulas, si exceptuamos puntuales retoques en los recorridos de algunas de ellas por sus feligresías.

Tras meses de incesantes rumores, de cábalas sobre permutas y alteraciones, volveremos a quedarnos como estábamos, aceptando el actual estatus como un mal menor que satisface más que apuestas de resultado incierto. Todo sigue igual, y a estas alturas parece que nadie será capaz de abordar con la suficiente valentía, decisión o imaginación los evidentes problemas que padecen determinadas jornadas como son el Martes Santo o la Madrugada.

Y viendo que las propuestas que se exponen no terminan de convencer, que es imposible alcanzar un clima de entendimiento, quizás sea el momento de buscar fórmulas alternativas que vayan más allá de permutas y retoques de un día en concreto, buscar por ejemplo un cambio de día para algunas hermandades, pues las posibilidades son infinitas dentro de los únicos límites que nos marcan la liturgia y los horarios del Cabildo Catedralicio.

El problema es que para acometer cualquier gran reforma se precisa de la concurrencia de dos factores, un liderazgo capaz de aglutinar voluntades y buscar puntos de encuentros y un fin lícito que la justifique frente a un modelo agotado. Si el primero ni está ni se le espera, el segundo también es cuestionable que concurra en este caso. Mientras haya hermandades capaces de consumir más de diez minutos en la Campana o acompañamientos musicales que formen más de un tercio de un cortejo, habrá que preguntarse para qué precisan algunas hermandades más tiempo de paso y en qué va a ser invertido el resultado del sacrificio que a otras se le exige. El conteo de nazarenos se antoja en algunos casos tan lícito como necesario, pero no debemos perder de vista que las reformas no pueden apoyarse en datos tan volubles y cambiantes, sino en el general cumplimiento de determinadas normas y principios básicos que posteriormente son los que dan derecho a la queja.

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