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José Aguilar

El lío del río

QUÉ hacemos con el río? Con el río Guadalquivir, me refiero, ese claro objeto de deseo de la autonomía andaluza, que se obstinó en asumir las competencias exclusivas sobre sus aguas obviando un detalle que, más temprano que tarde, iba a dar la cara: que la Constitución reserva para el Gobierno central las competencias sobre las cuencas de aquellos ríos que transcurran por más de una comunidad autónoma.

Esto hay que explicarlo en su contexto para que pueda ser entendido. Después de muchos años de rechazar las demandas de IU y del PA en relación con el Guadalquivir, el PSOE de Chaves acabó imponiendo en la reforma del Estatuto de Autonomía que la comunidad autónoma andaluza "ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma" (artículo 51). ¿Contexto? El elevado nivel de autogobierno arrancado por los catalanes en su nuevo Estatuto. Tan elevado fue que el Tribunal Constitucional tuvo que echarlo para atrás por exceso de trapío nacionalista. En fin, que desbordaba la Constitución en varios puntos.

Como no queríamos ser menos que Cataluña, el Parlamento de Andalucía, de manera unánime, se atribuyó estas competencias y el Parlamento de España, increíblemente, lo aceptó, quedando así consagrado en el Estatuto ratificado en referéndum por los andaluces. Este exceso responde, sin duda, a motivaciones de carácter ideológico, simbólico, histórico y sentimental indiscutibles: el río Guadalquivir es el río andaluz por antonomasia.

A los estatuyentes andaluces y a los padres de la patria común se les pasó por alto, sin embargo, que el artículo 149 de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre 32 materias, y que la materia número 22 de esas 32 la define así: "la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma". Era de cajón que la Junta de Extremadura, una de esas otras comunidades con aguas de la cuenca del Guadalquivir en su territorio (aunque sean mínimas), junto a Castilla-La Mancha y Murcia, recurriese contra el Estatuto andaluz ante el Tribunal Constitucional, y era de cajón que el Constitucional le diese la razón y anulase el artículo 51 de nuestro texto estatutario.

El TC dictó esta sentencia en marzo y ahora el Tribunal Supremo ha redondeado sus tesis al anular también el decreto de octubre de 2008 mediante el que se traspasaron a Andalucía las competencias exclusivas a las que no tenía derecho. Y ya tenemos montado el lío, que será máximo cuando acabe la encomienda de gestión que Gobierno y Junta idearon para salir del atolladero temporalmente.

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