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editorial

El río de Andalucía y de España

LA sentencia del Tribunal Supremo declarando nulo el real decreto que traspasaba a la Junta de Andalucía la gestión sobre el río a través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir no ha sorprendido a nadie. No era sino la consecuencia lógica de la sentencia anterior del Tribunal Constitucional que, a iniciativa de la Junta de Extremadura, dictaminó la inconstitucionalidad del artículo 51 del Estatuto de Autonomía de 2007, que otorgaba a la comunidad autónoma andaluza competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. Por tanto, si el Estatuto vulneraba la Constitución en este punto, quedaba sin efecto legal y práctico la transferencia de competencias que se realizó en base a dicho precepto. El caso es que el artículo 149, apartado 22, de la Constitución no puede estar más claro: el Estado tiene la competencia exclusiva sobre (...) "la legislación, ordenación y concesión de recursos de los aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma". Es lo que ocurre con el Guadalquivir, el río que vertebra a Andalucía y constituye una seña de identidad innegable de esta tierra, histórica, simbólica y culturalmente, pero que por azares de la geografía y las fronteras, alcanza con su cuenca también, siquiera mínimamente, a Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia. Quizás la salida institucional más adecuada habría sido la remodelación de la Confederación, en la que la representación de Andalucía debía ser acorde con su máxima presencia en la cuenca, sin perjuicio de la posición predominante de la Administración central. Por motivos de coyuntura política se apostó por el traspaso completo a la Junta de las competencias corriendo el riesgo de que las otras comunidades recurrieran. Es lo que pasó, y el balance final es que el Constitucional y el Supremo han dado la razón a los recurrentes. Ahora estamos en un laberinto jurídico, con una Constitución que impide el poder exclusivo de la Junta sobre el río y con el poder efectivamente traspasado gracias a un Estatuto que desborda el texto constitucional. Los resultados se están empezando a notar: los juzgados están rechazando numerosos expedientes sancionadores incoados por la Agencia Andaluza del Agua. La considera incompetente para sancionar y cree inconstitucional el precepto en el que se basa la Agencia. Hemos llegado a una situación de inseguridad jurídica.

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