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Tribuna

José Antonio González Alcantud

Catedrático de Antropología Social de la Universidad de Granada

Fantômas contra la ley

Fantômas contra la ley Fantômas contra la ley

Fantômas contra la ley / rosell

Fantômas fue un personaje imaginario que amenazaba la megaurbe con sus crímenes. Su amenaza se cernía sobre el París de principios del siglo XX, ya que en el momento de la captura con tretas inverosímiles escapaba a la justicia. Fantômas, registrado cinematográficamente de manera magistral por Louis Feuillade entre 1911-13 daba en el momento de huir una gran risotada, burlándose de la ingenuidad del espectador que espera justicia para sus crímenes.

Fantômas amenaza otra vez nuestras vidas. Los delincuentes actuales hijastros del personaje cinematográfico escapan en el último momento al largo brazo justiciero. Recientes sentencias han evidenciado que como el premio nacional de ensayo Reyes Mate sostiene nuestro ordenamiento más que sobre la justicia está construido sobre la injusticia. ¿Por qué?

Uno de los cuerpos del Estado sobre los que recaen los conflictos más variopintos, verdadero rompeolas de la grave crisis social e institucional que vivimos, es el judicial. Acceder a la judicatura y sus variantes requiere años de inhumana preparación. A tenor de esas exigencias previas, el juez sólo debiera dejarse guiar por la letra pétrea de la ley, cual código de Hammurabi. Por eso los teóricos del derecho esgrimen que la "poética" de la ley exige su formulación exacta, precisa, intemporal. El "legislador dice", en referencia a un abstracto jurisconsulto, nos lleva a pensar que existe una suerte Deux ex machina jurídico fuera de nuestras voluntades.

Para compensar los excesos trascendentes de la jurisprudencia surgió el jurado popular, conformado por hombres y mujeres del común. La introducción del jurado, cuyo dictamen deje ajustarse a una mezcla de pruebas convincentes -coincidente con los juristas- y de sentido común -una categoría fuera de jurisprudencia, que encarna el pueblo llano-, no ha estado exenta de polémicas. En una reciente sentencia un jurado absolvió contra todo pronóstico a un conocido político, considerado vox populi corrupto. A pesar de ello no cabe duda de la de importancia de los jurados, encarnación de ese sentido común invocado cuyos portadores son los ciudadanos. Siempre estará en nuestro recuerdo la obra Twelve Angry Men (Doce hombres sin piedad) de R. Rose, que tuvo adaptaciones cinematográficas como la extraordinaria película de S. Lumet, en la que una docena de sujetos de varias edades y extracciones sociales se enfrentan a tener que dictar una sentencia de muerte. Todas las evidencias están en contra del acusado, hasta que un miembro del jurado duda, y los doce hombres uno a uno van decantándose por la inocencia. Al final no nos queda claro si el acusado era o no culpable, pero lo que si inferimos de los diálogos es la importancia del razonamiento del hombre medio, del common sense, un valor clave para la filosofía política norteamericana.

En el sistema español se quiere sustraer al jurado de los casos más mediáticos, para evitar que dicte sentencia bajo emociones externas. Los jueces tienen que arrostrar solos complicadas sentencias, plenas de significación. Las equivocaciones y dudas al dictarlas han evidenciado que la normatividad garantista del derecho hispánico no parece satisfacer las necesidad de nuestra época, amenazada por la sombra de Fantômas.

En favor de la causa de Fantômas, escapando a la justicia, obra el que las leyes sean cada vez son más extensas y abundantes, sobre todo desde que legislan tantas instituciones, pero no solo por ello. La tentación del legislador es seguir vomitando leyes sin fin. Hay quien dice en la profesión jurídica que si no fuese por el apoyo informático no podrían ni orientarse en la maraña actual. Leyes arcaicas, leyes modernas, leyes nuevas, todas conforman un conjunto ilegible, que permite escapar al hábil.

Este sistema no es de ahora, evidentemente. Decían los historiadores B. y L. Bennassar que uno de los motivos por los cuales muchos cristianos en los siglos XVI-XVII huían a tierra de moros, era la lentitud y la complejidad de la justicia en los países católicos. Los cadíes musulmanes dictaban sentencias rápidas acogiéndose a cánones sencillos y a una ética instrumental orientada fundamentalmente a restablecer la paz social mediante un sistema de compensaciones suficientes. En aquellos tiempos ahora lejanos de la edad moderna estaban así las cosas.

Para concluir sin poética: debe procederse a una simplificación real de la legislación, expurgando lo caduco; y debe otorgarse mayor presencia al jurado, con el fin manifiesto de apoyarse en el common sense, fundamento democrático del derecho. Mientras esto no ocurra nuestro sistema judicial va a seguir bajo el peso de tensiones insoportables para quienes lo ejercen, y la amenaza de Fantômas riéndose a nuestra costa, mientras huye, seguirá presente.

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