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Ortega Cano se someterá a un reconocimiento médico

  • La juez lo ordena antes de decidir sobre la petición de suspensión de la pena solicitada por su abogado.

El torero José Ortega Cano se someterá a un reconocimiento médico por parte de los forenses judiciales en la cárcel de Zuera (Zaragoza), donde cumple desde el pasado 23 de abril la condena de dos años y medio de prisión por el accidente de tráfico que provocó la muerte al vecino de Castilblanco de los Arroyos Carlos Parra Castillo. El juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla ha librado un exhorto al juzgado decano de Zaragoza para que se practique dicho reconocimiento al no ser posible llevarlo a cabo por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Sevilla.

Una diligencia de ordenación de la secretaria del juzgado de lo Penal 6 recuerda que este estudio por el médico forense es necesario para resolver sobre la petición de suspensión del cumplimiento de la pena solicitada por la defensa, al amparo del artículo 80.4 del Código Penal. Este precepto recoge expresamente que "los jueces y tribunales sentenciadores podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo".

El abogado Enrique Trebolle pidió el reconocimiento forense con la finalidad de determinar si la dolencia cardíaca que padece el torero es "compatible" con su estancia en prisión. El letrado indicó que, según los médicos, Ortega Cano tiene la arteria descendente derecha "bloqueada", por lo que existe un "alto porcentaje" que le hace propenso a lo que se denomina como "muerte súbita".

La Audiencia de Sevilla, que fue la que endureció la pena al diestro -al condenarle además por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol-, determinó recientemente que los motivos de salud alegados por el torero para tratar de suspender su ingreso en prisión mientras se tramitaba el indulto y el recurso de amparo no eran suficientes para evitar su entrada en la cárcel. Los jueces sostenían que no concurre "ninguna circunstancia excepcional ni extraordinaria para la concesión de la suspensión", porque además se cuenta con los servicios médicos de Instituciones Penitenciarias, que "velan por la salud de toda la población reclusa".

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