Sector público

Las novedades fiscales en 2012

José Luis Ballester

Consejero Editorial del Grupo Joly

El año 2012 ha sido un año de elevación de la presión fiscal en general y, muy específicamente, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El incremento a nivel estatal de los dos impuestos básicos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Valor Añadido tiene un efecto importante en las cuentas de la Junta, a la que corresponde el 50% de su recaudación, en cuanto ambos representan en sus Presupuestos para  2013  casi el 70% del total de ingresos por impuestos.

Las modificaciones fiscales aprobadas concretamente por la Junta para los impuestos cedidos en los que tiene competencia normativa, como Renta, Patrimonio y Transmisiones agravan la presión fiscal de los andaluces en relación a otras comunidades autónomas.

Las novedades a nivel estatal se centran en: 1. Fuerte elevación del IRPF mediante la creación de un gravamen complementario para los años 2012 y 2013 que eleva el tipo marginal máximo del IRPF en siete puntos. Asimismo, se crea otro gravamen complementario en la renta del ahorro de hasta el 6%, y el tipo máximo pasa al 27% para bases superiores a 24.000 euros. (Real Decreto Ley 20/2011).

Se aplica también en 2012 el impuesto sobre el Patrimonio, restablecido por el Real Decreto Ley 13/2011 para 2011 y 2012.

2. Regularización de patrimonios no declarados, conocida también como amnistía fiscal, aprobada por el Real Decreto Ley 12/2012. Este procedimiento preveía la regularización de esos bienes mediante una Declaración Tributaria Especial, modelo 750, que ha podido realizarse hasta el 30 de noviembre de 2012 y que implicaba un gravamen del 10% sobre el importe o valor de adquisición de los bienes. Esta regularización, sin otra sanción, permitía aflorar los bienes titulados hasta 31 de diciembre de 2010, por lo que ha obligado a realizar declaraciones complementarias para el ejercicio de 2011.

El resultado anunciado por el Gobierno es que se ha obtenido inicialmente una recaudación de 1.193 millones de euros,(29.065 personas físicas y 618 jurídicas) y se han regularizado bienes por más de cuarenta mil millones de euros, ya que los importes prescritos no había que declararlos.

3. En el Impuesto sobre el Valor Añadido se ha producido la verdadera reforma recaudatoria de gran efecto en los ingresos públicos. Se han elevado, con efectos 1 de septiembre de 2012, por el Real Decreto Ley 20/2012, los tipos impositivos, el reducido del 8 al 10% y el general del 18 al 21, quedando el súper reducido en el 4%. El mayor efecto se ha generado porque muchos bienes y servicios que tributaban al tipo reducido del 8% han pasado al tipo general del 21%,  con un incremento de 13 puntos                                

Las novedades a nivel autonómico fundamentales son: 1. Se ha vuelto a elevar por el Decreto Ley 1/2012, hoy Ley 3/2012, el tipo marginal máximo en el IRPF en un punto porcentual, pasando la cuota autonómica máxima  al 25,50 con efectos 1 de enero de 2012. Este tipo había subido ya tres puntos por la Ley 11/2010 con vigencia para 2011(el tipo marginal máximo se fijó en el 24,50).

Sumando ambos gravámenes, el estatal y el autonómico, el tipo final aplicable en 2012 ha sido del 56%, el más alto de España junto con Cataluña, y solo comparable en Europa con Suecia y que supone una subida del más del 30% respecto al 43% vigente en 2010.

2. Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio aquella  norma lo eleva otra vez en un 10% y el tipo máximo pasa al 3,03%, desde el 2,75% al que lo había elevado la Ley 17/2011. Compárese esta situación con  el tipo máximo en otras Comunidades del 2,50%, o aun peor con las de las Comunidades que lo tienen bonificado al cien por cien.

3. La Ley 18/2011 de Presupuestos para 2012 elevó la tarifa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales con carácter general al 8%, que se incrementa para las bases superiores a 400.000 euros al 9% y el exceso sobre 700.000 euros al 10%. Para los garajes se gravan a esos mismos tres tipos respectivamente para bases de 30.000 euros, 50.000 y excesos sobre dicha cifra.

Para AJD el tipo pasa del 1% al 1,20%, y este tipo se elevó de nuevo en junio de 2012 (Decreto Ley 1/2012) del 1,20 al 1,50%

Resultado. Los ingresos adicionales son menores de los esperados. Sin tener que recurrir a la curva de Laffer, debemos citar al menos tres signos referidos a la evolución en Andalucía de los ingresos públicos. El Informe de la Cámara de Cuentas de 2011, concluido en diciembre de 2012, constata el deterioro financiero, con una caída de la recaudación del 14,4%. Los ingresos por Impuestos en 2013 caen en los Presupuestos de la Junta más de un 27% respecto a los presupuestados para 2012. Por último, un dato revelador de como se obtienen proporcionalmente menores ingresos en las Comunidades con más presión fiscal: los ingresos por IRPF (datos noviembre de 2012) en Andalucía y Extremadura, con los marginales más altos, caen en 2012 un 2,2% y un 5,5%, mientras que en las de menor presión fiscal como Madrid y Baleares suben un 5,2% y un 4,9%.   

Conclusión. Esta subida generalizada de impuestos, vestida a veces con el ropaje demagógico de gravar a los ricos, raya los límites de la confiscatoriedad, penaliza al que se esfuerza y tiene éxito, produce un sentimiento de asfixia fiscal, desalienta la actividad económica en general y, finalmente, apenas aumenta la recaudación.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios