Sevilla

Absuelto de narcotráfico al considerar creíble que compró droga para sus amigos

  • La Audiencia de Sevilla absuelve a un joven detenido con 9.500 miligramos de éxtasis y 840 euros en efectivo al estimar los jueces creíble que compró la droga para compartirla con quince amigos en una discoteca.

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un joven que fue detenido con 9.496 miligramos de éxtasis porque los jueces consideran creíble su declaración de que compró la droga para compartirla con quince amigos en una discoteca.

La sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Efe, reconoce que los 9.496 miligramos incautados superan la dosis consideraba por el Tribunal Supremo como consumo propio, cifrada entre 50 y 150 miligramos, pero absuelve al joven porque no existe ninguna otra prueba de cargo contra él.

El procesado J.L.P.S., de 31 años, fue detenido por la Policía a las 5 de la madrugada del 20 de abril de 2005 en las inmediaciones de la discoteca Theatre del Polígono de la carretera Amarilla de Sevilla, cuando procedía a desmenuzar la droga en compañía de un amigo.

La sentencia absuelve libremente al procesado, para quien el fiscal había pedido cuatro años de cárcel, porque "es menos gravoso para las estructuras sociales de un país la libertad de un culpable que la condena de un inocente".

Entre otras pruebas, los jueces se basan en que el procesado carecía de antecedentes policiales y penales, así como de sospechas o indicios previos de que pudiera dedicarse a la venta de droga y que fue detenido sin instrumentos de pesaje ni sustancias para "cortar" los estupefacientes.

En cuanto al dinero que la Policía le intervino, 840 euros, dicen los jueces que su distribución (16 billetes de 50 euros y dos de 20 euros) "no es determinante para considerarla procedente de la venta de droga".

Junto a ello, dos testigos declararon en el juicio que el acusado se desplazó a la barriada de Torreblanca para comprar el éxtasis "por encargo de un grupo de amigos" situado entre diez y quince personas, que "financiaron conjuntamente la compra".

Junto a la absolución del procesado, la sentencia ordena devolverle los 600 euros depositados en concepto de fianza y los 840 euros que le intervino la Policía.

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