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La Audiencia mantiene en libertad al joven del accidente de Tablada

  • El tribunal descarta el riesgo de fuga o de que vuelva a delinquir y recuerda que la prisión provisional no puede responder "a fines punitivos o de anticipación" de la pena

Javier Suárez Rodríguez, el joven que fue enjuiciado el pasado viernes por el accidente de Tablada en el que murieron Rosa María Real Calero y Ángel Antonio Marrero Jiménez, no ingresará de nuevo en prisión provisional, como había solicitado la acusación particular que ejercen los familiares.

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha dictado un auto en el que confirma la libertad del acusado porque, según los magistrados, no hay riesgo de fuga o de que vuelva a delinquir, y además recuerda que acordar ahora el ingreso en prisión del joven "sólo respondería a fines punitivos o de anticipación de una eventual condena".

Los magistrados de la Audiencia comparten el criterio de la juez de lo Penal número 8, que en julio pasado dejó en libertad provisional a Javier Suárez, al estimar que el ingreso en prisión del acusado "no satisfaría en el momento actual los fines que establece el artículo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, pues no cabe apreciar ninguno de los riesgos que se pretende conjurar con dicha medida cautelar: fuga, reiteración delictiva o manipulación del cuadro probatorio".

Dicen los jueces que las condiciones impuestas por la magistrada, que incluyen comparecencias semanales y la retirada del pasaporte y del permiso de conducir, "han evidenciado, al menos hasta la fecha, su eficacia y suficiencia para evitar que el acusado eluda la acción de la Justicia o cometa nuevos delitos, sin que se aduzcan razones o se aporten datos objetivos que permitan concluir lo contrario". La Audiencia entiende además que la inminencia del juicio, que se celebró la semana pasada, dificulta notablemente la posibilidad de que el inculpado intente alterar las fuentes relevantes de prueba, sobre lo cual tampoco existe indicio alguno".

En cualquier caso, el tribunal deja abierta la posibilidad de cambiar su opinión si se produce alguna variación importante. "Como resulta obvio, todo ello no constituye impedimento alguno para que, si concurrieran circunstancias que así lo aconsejen, pueda decretarse nuevamente la prisión provisional o la adopción de medidas cautelares más gravosas para el acusado", asevera la Sección Séptima de la Audiencia.

Con esta decisión, el tribunal ha variado su criterio con respecto a la decisión que adoptó en abril pasado, cuando ordenó que Javier Suárez Rodríguez continuara encarcelado. Los magistrados señalan que en los cinco meses que han transcurrido entre una y otra sentencia "han variado sustancialmente las circunstancias procesales en la causa, pues el juicio oral se ha suspendido ya en dos ocasiones por causas no imputables al acusado", precisa el tribunal, que insiste en que no hay constancia de que el procesado esté haciendo un "uso indebido de su libertad provisional o que haya incumplido las presentaciones apud acta que le fueron impuestas" por la juez encargada de dictar sentencia en este caso.

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