Caso Mercasevilla

Bolaños impone una fianza de 590.000 euros a Fernando Mellet en la causa del delito societario

  • La juez abre juicio oral contra los 14 acusados y rechaza la acusación del PP por presentarla fuera de plazo.

El ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet.

El ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet. / M. G.

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, ha impuesto una fianza de 590.000 euros al ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet, en un auto en el que acuerda la apertura de juicio oral contra los 14 acusados en esta causa inicialmente abierta por un delito societario relacionado con la gestión de la empresa pública.

En el auto, la magistrada ha rechazado el escrito de acusación presentado por el PP –en representación del concejal Beltrán Pérez- y de la asociación sindical empresarial mayorista porque, según explica, "no consta escrito de acusación o petición de sobreseimiento presentado en tiempo y forma", si bien recuerda que en el caso de los populares se presentó dicho escrito el pasado 17 de marzo.

La instructora ha impuesto asimismo fianzas que oscilan entre los 19.000 y los 138.000 euros para los otros trece acusados y recuerda en la resolución que la competencia para enjuiciar el caso corresponde a la Audiencia de Sevilla, a tenor de las penas solicitadas por la Fiscalía y la empresa Mercasevilla y la Fundación Socioasistencial.

El auto se produce después de que la Fiscalía de Sevilla solicitara recientemente una condena de 24 años de prisión y 40 años de inhabilitación absoluta para el que fuera director general de Mercasevilla Fernando Mellet, a quien atribuye junto a los otros 13 acusados delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsificación de documento mercantil, en relación con un supuesto perjuicio causado a la sociedad que ascendería a un total de 449.164,74 euros.

En concreto, la Fiscalía imputa a Mellet un delito de prevaricación, otro de falsedad en documento mercantil y cuatro delitos de malversación, por los que solicita un total de 24 años de prisión y 40 años de inhabilitación. En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que Mellet devuelva a Mercasevilla solidariamente con los otros acusados, los 449.164,74 euros supuestamente malversados.

La Fiscalía ha pedido igualmente cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación para los administradores de Hermes Consulting Francisco Limón Romero y Francisco José González García, otros cuatro años de prisión para el presidente de la Asociación de Mayoristas de Pescado Antonio Vela Adame, y tres años de prisión para la hija de éste, Carmen Vela. En estos dos últimos casos, la Fiscalía les atribuye un delito de malversación en relación con los pagos de unos palets a la asociación y de una beca de estudios en Londres, respectivamente. La juez María Núñez Bolaños ha fijado para estos dos acusados sendas fianzas de 138.220 euros y 19.335 euros, respectivamente.

Por último, la Fiscalía reclama otros tres años y medio de cárcel y ocho años de inhabilitación para los nueve trabajadores prejubilados en el ERE de 2007 Pilar Giraldo –que fue responsable del departamento de Contabilidad de Mercasevilla-, Cristóbal C. R., Antonio P. L., José C. G., Eduardo C. L., Salvador O. B., José P. S., Fernando R. T., y José Manuel G. N.

Tras siete años de instrucción, esta macrocausa que se inició con las querellas presentadas por la propia Mercasevilla y por el Partido Popular por supuestos delitos societarios ha quedado reducida a cuatro hechos puntuales: un contrato con la empresa Hermes Consulting, el pago de unos palets, una beca que la Fundación Mercasevilla abonó a la hija del presidente de la asociación de mayoristas de Pescado y el cobro por parte de nueve trabajadores prejubilados en el ERE de 2007 de un premio extraordinario de jubilación.

En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público sostiene que Fernando Mellet, que ocupó el cargo de director general entre 2002 y 2009, durante el ejercicio de sus funciones “y sin perjuicio de otros hechos, cuya corrección compete al ámbito societario y contable”, ha realizado diversos actos de “disposición concreta de fondos, no amparados en causa justa alguna, que responden a un ánimo de liberalidad, y que han causado un perjuicio económico a Mercasevilla por importe de 449.164,74”.

La Fiscalía destaca en su escrito que la auditoría de Deloitte sobre las cuentas de Mercasevilla apreció diversas irregularidades, entre las que cita expresamente “una ausencia de los necesarios controles en la aprobación de gastos, ordenación de pagos y efectividad de estos últimos, así como falta de una clara delimitación respecto a las personas que intervienen en dichos procesos”.

De la misma forma, los auditores advirtieron de la “insuficiencia y deficiencia de muchos soportes documentales de gastos”, y de la “frecuente extralimitación por parte del director general del tope que le venía impuesto en los poderes notariales conferidos al mismo (60.000 euros) respecto a asunción de obligaciones de gastos e inversiones, ordenación de pagos, operaciones de crédito, etc., sin que tampoco hayan contado con aprobación, autorización o ratificación expresa por ninguno de los órganos de administración de la sociedad, a los que no se sometía dichas actuaciones”.

Sobre el contrato de Mercasevilla con Hermes Consulting, el fiscal recuerda que el 27 de diciembre de 2005 Fernando Mellet firmó un contrato con Francisco Limón, cuyo objeto era la “obtención de subvenciones y/o financiación necesaria, a través de organismos privados y/o públicos para acometer una mejora en la plantilla de Mercasevilla, mediante jubilaciones anticipadas por edad y/o salud”, para lo cual se abonará el 5% del coste total de la prima que garantice las rentas que se pactan en el ERE.

Según la Fiscalía, la empresa carecía de trabajadores y de cualquier infraestructura, “no constando en Mercasevilla que presentara informe alguno”, pese a lo cual Mellet “ordenó al departamento de Contabilidad” el pago a Hermes Consulting de 63.8000 euros, cantidad con la que “falsamente se facturaban servicios inexistentes no realizados”.

El administrador de la empresa alegó en su declaración que se realizó un informe en cumplimiento de este contrato, pero en el documento –que fue aportado a la causa- no consta entrada o presentación en Mercasevilla, y por el contrario, la dirección de la lonja ha certificado que no ha encontrado “ningún informe realizado” por dicha sociedad, que además según la auditoría de Mercasevilla no tenía personal propio ni pagó servicios profesionales externos para la elaboración de informes o la prestación de servicios.

En cuanto a la beca que percibió Carmen Vela Maldonado, hija del presidente de la asociación de Mayoristas de Pescado, la juez precisó en su día que esta joven había solicitado una beca a la Consejería de Innovación, a través de la agencia IDEA, para la realización de estudios de postgrado en Londres. Esa beca no le fue concedida por la Junta y la solicitud se planteó ante la Fundación Socioasistencial de Mercasevilla, que le otorgó 24.000 euros, aunque la joven cobró sólo 16.412,12 euros. La Fiscalía considera que Mellet decidió “sin causa ni justificación alguna ordenar” el pago de esta beca con fondos de la Fundación Mercasevilla a Carmen Vela, que había acompañado como intérprete al entonces subdirector, Daniel Ponce, en un viaje de trabajo a Vietnam.

La juez Bolaños sostuvo en el auto de procesamiento que “no parece que la concesión de una beca para estudiar diseño gráfico en Londres encaje entre las actividades” que constituyen la finalidad de la Fundación, que en su artículo 6 se concretan en “la mejora de la prestación del servicio público del mercado mayorista alimentario, y asimismo contribuir a la mejora de la empleabilidad de los colectivos y minorías sociales más desfavorecidos en este campo de actividad, mediante promoción de la calidad y seguridad alimentarias, el fomento de mejoras en la formación profesional, y de medidas de inserción laboral, en los sistemas de trabajo, en la manipulación de los productos y en la calidad de los servicios complementarios en la Unidad Alimentaria de Mercasevilla, así como mediante la promoción y el fomento de l economía social de las empresas sevillanas del sector agroalimentario perecedero”.

Con respecto a los 76.000 euros que recibió Antonio Vela Adama –padre de la anterior-, como presidente de la asociación de mayoristas de Pescado, la Fiscalía sostiene que esos abonos “no estaban justificados ni obedecían a obligación alguna de la empresa, respondiendo a un exclusivo ánimo de liberalidad y de los que no se dio cuenta ni a la Comisión Ejecutiva ni al Consejo de Administración de Mercasevilla”. La empresa pública entregó a la asociación 38.000 euros en 2007 y la misma cantidad en 2008.

La asociación aportó dos ofertas de trabajo sin firma y con un plazo de validez de un mes de Prae Ingeniería y unos planos de un anteproyecto de instalaciones de un centro de venta de pescado a mayoristas, y Mercasevilla abonó facturas por importe de 26.564 euros a Prae Ingeniería, que fueron registradas en la contabilidad en la cuenta “construcción de Pescado”, como obras de mejora en la nave del Barranco, de lo que los peritos deducen que “esta obras fueron encargadas y pagadas por Mercasevilla y no por la asociación de mayoristas de Pescado”.

Y los peritos concluyen que la entrega de estas cantidades por la lonja a la asociación respondió a un “ánimo de liberalidad”, constatando la juez Bolaños que tampoco hay ninguna referencia a estos pagos en las actas de la comisión ejecutiva, el consejo de administración y la junta general de la empresa.

La parte más importante de la acusación, la que supone un mayor perjuicio a la empresa, se refiere al pago del premio extraordinario a nueve trabajadores prejubilados en el ERE de 2007. Fue la propia empresa la que, en mayo de 2015, denunció en el juzgado estos pagos, acompañados de un informe del abogado Alfonso Martínez Escribano que concluye que estos premios son “indebidos, excesivos y fraudulentos”. El letrado aseguró en su declaración en el jugado que el abono de distintas cantidades –por un importe total de 256.624. euros- son injustificados porque “no se encuentra base en el convenio colectivo; excesivo, porque no se ajusta a las cuantías que prevé el convenio colectivo. Y fraudulento, porque entendía que esas cantidades tenían que haber sido compensadas por las cuantías que habían percibido los trabajadores”.

Dice el Ministerio Público en su escrito de conclusiones que estas cantidades “indebidas, ocultadas a los representantes de los trabajadores y a los restantes trabajadores acogidos al ERE, fueron contablemente enmascaradas bajo el concepto de ‘indemnizaciones pre’, anticipos o gratificaciones y para ello el encausado ordenó al entonces responsable de Contabilidad su abono”, y tampoco se comunicó la decisión y el pago a los órganos de dirección de la lonja: la Comisión Ejecutiva y el Consejo de Administración.

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