Sevilla

Condenado a seis años y medio por matar al compañero sentimental de su madre

  • Deberá asimismo indemnizar con 36.282 euros al padre de la víctima.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis años y medio de cárcel a Francisco Javier B. C. por haber dado muerte al novio de su madre, un ciudadano rumano de 41 años, al que asestó varias puñaladas después de que éste abofeteara a su progenitora en un domicilio de la barriada de Los Pajaritos.

La sentencia se produce después del veredicto del jurado popular que halló culpable pero no de un delito de asesinato, como sostenía la Fiscalía, sino de homicidio, al considerar que no había quedado acreditado que la víctima, Paule G. V., no pudiera defenderse ante el ataque del acusado, que le abordó cuando estaba en la cama y embriagado.

La sentencia aprecia, tal y como acordara el jurado, una circunstancia atenuante de confesión y la eximente incompleta de trastorno mental, al estimar que el joven sufre un trastorno de personalidad con rasgos paranoides que afectan de forma moderada a su facultades.

Aunque la Fiscalía pidió finalmente una condena de siete años y medio de cárcel, el juez le ha rebajado un año la pena al entender que esas circunstancias de confesión y su trastorno deben apreciarse de "forma generosa" a la vista de la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que "los trastornos de la personalidad no dan lugar a una exención completa o incompleta de la responsabilidad, sino a una atenuación simple, lo que habrá de ser tenido en cuenta a la hora de fijar la pena", razona la sentencia.

La Audiencia señala que el jurado apreció el trastorno del procesado de acuerdo con la declaración en el juicio del forense, que afirmó que el joven "tiene un trastorno de personalidad con rasgos paranoides y antisociales, con ligero déficit intelectivo. Tiene conciencia, dentro de su mentalidad, y no está privado de facultad intelectiva ni volitiva, pero su trastorno de personalidad, más bien su ambiente familiar, forma de ser, falta de empatía, indiferencia, supone que algo patológico ha podido provocar su actuación y su reacción".

El juez ha impuesto además al acusado el pago de una indemnización de 36.282,16 euros para el padre del fallecido.La sentencia declara probado que los hechos ocurrieron sobre las 22:00 del 29 de abril de 2010 cuando la víctima regresó "en estado de embriaguez" al domicilio del número 33 de la calle Mirlo, donde convivía con el acusado y la madre de éste, con quien discutió y a la que propinó una bofetada.

El acusado, que se encontraba jugando a la consola en el salón, preguntó a su madre lo que había ocurrido, a lo que la mujer le contestó que "no se metiera en su vida", regresando al salón. Acto seguido, el joven volvió a la cocina y cogió un cuchillo de unos 20 centímetros de hoja con el que se dirigió hacia la habitación donde se encontraba descansando el compañero de su madre, al que asestó varias puñaladas que le ocasionaron la muerte por shock hipovolémico tras afectarle el pulmón izquierdo y el corazón.

El jurado valoró entonces para condenar al acusado tanto su propia declaración, en la que reconoció que cogió el cuchillo y "perdió la cabeza", como la de los forenses que examinaron el cadáver y las heridas que presentaba la víctima.

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