Sevilla

Condenado a dos años un joven que sufre un retraso mental por intentar violar a una menor

  • La víctima también sufre una minusvalía psíquica del 33%.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a un joven que padece un retraso mental por haber intentado violar a una menor que también sufría una minusvalía psíquica del 33% y que fue abordada con la promesa de hacerle “un regalo”.

La sentencia de la Sección Primera ha condenado además al acusado, identificado como F. M. Q. G., de 20 años, a pagar una indemnización de 6.000 euros a la menor, a la que tampoco podrá aproximarse a menos de 200 metros durante siete años, según recoge el fallo, que ha apreciado en la conducta del procesado una atenuante muy cualificada de alteración psíquica.

La Fiscalía había pedido una condena de ocho años de prisión para el acusado, por unos hechos que sucedieron sobre las 20:00 horas del 19 de enero de 2011, cuando el joven se dirigió a la víctima y la introdujo en el patio del colegio Santa Teresa de Estepa, con la promesa de hacerle “un regalo”. Allí desnudó a la niña y la besó en la boca y en el cuello, “mientras la agarraba para sujetarla y evitar que se marchara”, pero no la violó por la resistencia que opuso la menor, explican los magistrados.

El fallo reconoce que F. M. Q. C. padece un retraso mental leve-moderado, lo que le produce una leve alteración de las funciones intelectuales y cognitivas, y hace que tenga un conocimiento parcial de las cosas y del alcance y repercusiones de sus actos.

En el juicio, el acusado negó los hechos, pero el tribunal ha valorado el testimonio “objetivo, sincero y creíble” prestado por la víctima, que además fue corroborado por las declaraciones de varios testigos que vieron a la menor y a su agresor en el colegio. Los magistrados también han tenido en cuenta el informe médico forense sobre la exploración de la menor, los restos biológicos hallados en el cuello de la menor y el informe realizado por el Equipo de Investigación de Casos de Abusos Sexuales (Eicas) que corroboró la “credibilidad” de su testimonio, “sin que hayamos encontrado causa alguna por la que la víctima pudiera haber prestado contra el acusado un testimonio falso de la trascendencia y gravedad del que hemos oído en el juicio”.

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