Sevilla

Condenados tres sindicalistas por cortar el AVE en Santa Justa

  • La Audiencia confirma la condena impuesta por ocupar las vías y agredir a dos policías

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de un año de cárcel impuesta a tres afiliados al Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) por agredir a dos policías nacionales cuando intentaban evitar el corte de las vías del AVE en la estación sevillana de Santa Justa.

Una sentencia de la Sección Primera confirma el fallo del juzgado de lo Penal número 8 y dice que no se vulneró el derecho de los acusados a un proceso con todas las garantías y que no hay indicios de que la juez que los condenó en primera instancia valorase "de forma arbitraria, irracional o absurda" las pruebas.

Los tres sindicalistas fueron condenados por unos incidentes ocurridos sobre las 15:30 del 6 de septiembre de 2009, cuando deseaban llamar la atención por la detención de otros compañeros en otro punto de Sevilla. Los dos grupos estaban participando en unas movilizaciones del Sindicato de Obreros del Campo (SOC, ahora SAT) para reclamar más ayudas para los jornaleros, dentro de las cuales ocuparon la sede de la Radiotelevisión Andaluza (RTVA) e intentaron cortar la ronda de circunvalación SE-30 de Sevilla.

En cuanto al AVE, la sentencia les condenó porque cuando la Policía estaba procediendo al desalojo de las vías, David M. M. lanzó una botella de agua alcanzado a uno de los agentes, impactando contra su visera, mientras que Manuel O. M. golpeó al mismo funcionario con el palo de una bandera. Un tercero, Francisco María S. L., lanzó una botella de agua contra otro policía.

Como consecuencia, ambos agentes sufrieron contusiones y precisaron de atención médica, por lo que la sentencia fijó para ellos una indemnización de 200 y 300 euros. La Audiencia afirma ahora que la juez contó con los testimonios de los agentes de la autoridad, quienes "describieron auténticos actos de acometimiento y reconocieron a los acusados sin ningún género de dudas". "No consta ningún motivo espurio en los testimonios de los policías para imputar falsamente unos hechos constitutivos de delito a los acusados, ni consta causa de animadversión que justifique una falsedad en su testimonio", concluye.

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