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El Cuco, una absolución previsible

  • La falta de pruebas fue anticipada por el criterio de la Fiscalía en la última sesión del juicio, cuando pidió de forma alternativa una condena por un delito de encubrimiento

La Fiscalía de Sevilla lo anticipó en la última sesión del juicio, el pasado 15 de febrero, cuando pidió una condena alternativa de tres años de internamiento para el Cuco por un delito de encubrimiento. La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, se apresuró entonces a poner de manifiesto que esta petición alternativa se había introducido únicamente a efectos formales y para "garantizar todas las posibilidades de condena" en el supuesto de que, como finalmente ha ocurrido, el juez de Menores entendiera que no había pruebas suficientes para culpar al Cuco del asesinato y violación de Marta. Lo que estaba presagiando el Ministerio Público es que el Cuco podría salir absuelto de los delitos graves y quería lograr, al menos, una condena pírrica.

Pero esa estrategia jurídica, según algunas fuentes consultadas por ese periódico, no era estrictamente necesaria por cuanto a pesar de que el fiscal no le acusara formalmente de encubrimiento, el juez a la hora de dictar la sentencia podría haberle condenado si del relato de hechos se desprendiese que su conducta era la propia del delito de encubrimiento.

En realidad, la postura de la Fiscalía sembraba más dudas sobre el desarrollo de un juicio celebrado a puerta cerrada y en el que las acusaciones siempre defendieron que la exposición de las pruebas de cargo -la declaración de los testigos y de los peritos- habían desmontado de forma contundente la coartada del menor y corroborado su participación directa en la muerte de Marta y en los delitos de agresión sexual. Al final, habría que dar incluso por buenas las manifestaciones del abogado de la defensa, Fernando de Pablo, quien al término de varias sesiones del juicio afirmó que él estaba "viendo un juicio distinto al que se ve en la televisión".

El juez de Menores ha puesto el dedo en la llaga, al rechazar que existan pruebas suficientes para condenar al Cuco más allá del encubrimiento. Ni la declaración del asesino confeso, Miguel Carcaño, en la que incriminaba al menor en los graves delitos, ni las pruebas científicas, principalmente la huella del chico en la botella de ron hallada en el piso de León XIII y la mezcla de ADN del menor y Marta hallada en el lugar donde Carcaño situó el estrangulamiento de la joven, son pruebas contundentes que puedan fundamentar una condena por violación y asesinato. La decisión judicial era previsible, no sólo por el cambio de acusación realizado por la Fiscalía el último día del juicio. Lo era porque realmente la única prueba que existía de la supuesta violación era la declaración de Miguel Carcaño, el principal imputado que ha realizado numerosos cambios de declaración a lo largo de la instrucción. En este caso, no había un cuerpo sobre el que practicar las pruebas forenses que pudieran evidenciar esos abusos, ni tampoco se hallaron restos biológicos en el piso de León XIII que los corroborasen.

La decisión final sobre el caso la tendrá la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, que deberá resolver los recursos de la Fiscalía y la acusación particular, pero a la vista de esta sentencia y aunque el tribunal puede volver a realizar una valoración completa de los hechos que se declaran probados, las expectativas para las acusaciones no son halagüeñas. Y si no lo son para el Cuco, tampoco lo serán para Miguel Carcaño, al menos, en lo que se refiere a la violación, dado que del asesinato sí que hay otras pruebas como su confesión y la sangre de Marta hallada en su cazadora.

El abogado Salvador Pérez Piña, experto en asuntos de menores, dijo ayer que aunque desconoce los pormenores de este caso, el juez de Menores Alejandro Vián es una "persona muy íntegra, que ha emitido un juicio conforme a su convicción y a la luz de las pruebas existentes". El letrado recordó que "en Derecho siempre es más gravoso tener a un inocente en prisión que a 100 culpables en la calle" y añadió que "cuando no hay pruebas, no cabe otra decisión" en aplicación del principio in dubio pro reo.

La acusación particular que ejercen los padres ha criticado que el juez haya condenado al menor por encubrir un delito que aún no ha sido juzgado, pero lo cierto es que su condena se refiere precisamente a haber ayudado a hacer desaparecer un cadáver cuyo paradero el juez está convencido de que conoce sin ninguna duda el menor. El caso del Cuco, que podría quedar libre en octubre de 2012, sigue abierto. La Audiencia tiene ahora la última palabra.

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