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Sevilla

La Fiscalía del Supremo solicita que se confirme la condena al juez Serrano

  • La defensa continúa pidiendo la libre absolución tras decretar el TSJA dos años de inhabilitación · El Alto Tribunal consideró "manifiestamente injusta" una resolución de Serrano.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha desistido del recurso de casación en el que pedía la absolución del juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa.

Una diligencia del TSJA informa a las partes personadas de que el fiscal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha desistido de su recurso de casación, pese al primer anuncio de la Fiscalía andaluza de que recurrirían la condena a Serrano e instaría su absolución.

La Fiscalía del TSJA, aunque inicialmente pidió la condena a Serrano, durante el juicio celebrado en octubre pasado solicitó su absolución porque no consideró que incurriese en un delito de prevaricación al cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiese salir en una procesión de la Semana Santa de 2010 en Sevilla.

Fuentes del caso han informado de que ahora la Fiscalía del Supremo da por buena la condena a Serrano, aunque los recursos de casación continúan por parte de la defensa, que pide la absolución, y la madre afectada por el cambio de visitas, que solicita veinte años de inhabilitación.

El fallo del alto tribunal andaluz consideró que el magistrado actuó de forma "imprudente" al omitir varios trámites procesales, si bien le absolvió de la prevaricación "dolosa" por la que fue procesado al entender que no buscó lesionar ningún derecho "a sabiendas".

Según el TSJA, dicha "imprudencia" consistió "en un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la "vulneración" de las normas "esenciales" del procedimiento.

El tribunal consideró que la resolución dictada por el juez de Familia el 30 de marzo de 2010 fue "manifiestamente injusta", por ser, entre otras razones, "atemporal y precipitada", negar "apresuradamente" derechos individuales de audiencia sin que hubiera peligro o perjuicio inminentes o convertirse "en instrumento de una parte".

La sentencia señaló que Serrano contribuyó también a "dimensionar mediáticamente" el hecho, incluso antes del día en que se iba a producir la salida procesional del menor, en la "Madrugá" de 2010, "con el consiguiente daño y exposición pública" del niño y la madre, que soportó "críticas acerbas y comentarios vejatorios"

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