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Sevilla

La Junta exige a Heineken una depuradora más eficaz

  • Un juez determina que la cervecera no puede acogerse a los parámetros de Emasesa de vertido de aguas residuales, menos exigentes que los de la Junta

La multinacional cervecera Heineken tendrá que mejorar considerablemente el proceso de depuración de las aguas residuales de su nueva planta de producción, situada en la finca de La Caridad, según ha establecido el juzgado contencioso administrativo número 5 de Sevilla. El juez rechaza en la sentencia el recurso que Heineken España interpuso contra la Autorización Ambiental Integrada (AAI) que aprobó la Consejería de Medio Ambiente y que le obligaba a cumplir una serie de parámetros para estas aguas residuales que la multinacional consideraba excesivos.

Esta Autorización Ambiental Integrada -requisito fundamental y vinculante para cualquier actividad que genere algún tipo de contaminación- imponía unos valores límite de vertido ajustados a lo que marca la Directiva Marco de Agua de la Unión Europea, dado que estas aguas residuales van a parar finalmente al río Guadalquivir tras su pertinente proceso de depuración. Sin embargo, Heineken mantiene en su recurso que sus instalaciones de depuración están diseñadas para cumplir con los parámetros de vertidos de la red a la que se vierte el agua, que pertenece a Emasesa, muy inferiores a los exigidos por la Administración autonómica, y considera que debe ser la empresa municipal la que debe cumplir estos valores límites impuestos por la Junta.

El juez, no obstante, recuerda que existe una guía de "mejores técnicas disponibles (MTD)" que, en este caso, determina cuáles son los niveles límites de emisión que se pueden obtener con la tecnología más avanzada conocida -en este caso sobre depuración de aguas residuales-, y advierte que la empresa ha decidido "arbitrariamente" acogerse a los límites de la ordenanza municipal, "que establece unos límites superiores a los exigidos en la guía de MTD del sector cervecero en España". Es decir, el magistrado opina que la depuradora de esta nueva planta debería tener capacidad para alcanzar los límites que plantea Medio Ambiente. De hecho, incluso llega a dudar de que el sistema de depuración elegido para la nueva factoría "sea más avanzado técnicamente que el existente en la fábrica actual" del centro de la ciudad, que dejó de funcionar recientemente.

Además, la empresa cervecera pidió que el cumplimiento de los límites que impone la Junta sea efectiva "desde la puesta en funcionamiento del 100% de la planta, lo que se prevé en julio de 2008", aunque el juez también ha desestimado esta petición y, por lo tanto, este cumplimiento es efectivo desde la aprobación de la AAI, el 29 de mayo de 2006.

Actualmente, la Consejería de Medio Ambiente tiene un medidor continuo de contaminación en la depuradora de la fábrica que determina a diario los parámetros químicos de las aguas que la fábrica vierte a la red y los técnicos de la Administración autonómica ya tienen constancia de la superación de los límites establecidos en la AAI en varias ocasiones. La ley que regula las AAI establecen sanciones mínimas de 180.000 euros cada vez que se produzcan estas superaciones, aunque por el momento la Junta no ha multado a la empresa, a la espera del pronunciamiento del juez sobre el recurso, que finalmente les ha dado la razón.

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