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Sevilla

La Junta exige a la edil Medrano que devuelva 52.000 euros de un ERE

  • La Consejería de Empleo considera que la percepción de esa cantidad por prejubilación es incompatible con su sueldo de concejal en el Ayuntamiento

La Consejería de Empleo ha exigido a la concejal de IU en el Ayuntamiento de Sevilla Josefa Medrano la devolución de 52.419 euros que percibió como consecuencia de su prejubilación en la fábrica de tabaco de Altadis y cuya percepción la Junta entiende que era incompatible con los emolumentos que cobró en el Consistorio.

La ex delegada de Participación Ciudadana en el Ayuntamiento de Sevilla hasta mayo de 2011 fue incluida en el ERE de 2005 de Altadis, compañía en la que llegó a presidir el comité de empresa y en la que jugó un papel destacado durante el conflicto laboral.

Tras su inclusión en las prejubilaciones pactadas en dicho Expediente de Regulación de Empleo, la Junta de Andalucía ha solicitado ahora la devolución de esos 52.419 euros, al considerar que la concejal de IU ha incumplido los requisitos para poder acogerse al ERE, entre los cuales se encontraba precisamente la dificultad de los trabajadores para poder reinsertarse en el mercado laboral. La Administración autonómica entiende que el puesto de concejal que ha ostentado Josefa Medrano es incompatible con la percepción de las ayudas.

La edil de IU ya ha presentado un recurso contra la resolución de la Junta en la que se acuerda la devolución, en el que defiende que las cantidades percibidas se corresponden con una parte de la indemnización por despido que le correspondía legalmente.

El Grupo Popular en el Parlamento andaluz había solicitado que Josefa Medrano compareciera en la comisión de investigación constituida por el escándalo de los ERE fraudulentos, pero como PSOE e IU se han opuesto a dicha presencia, la concejal no tendrá finalmente que acudir a la comisión.

La juez Mercedes Alaya, que instruye la causa por las irregularidades en las ayudas vinculadas a los ERE, procesó en su día a la concejal Josefa Medrano por un delito de prevaricación por haber prohibido el acto de homenaje al escritor Agustín de Foxá, miembro de la Falange y coautor del himno Cara al Sol. La juez de lo Penal número 8 absolvió en febrero pasado a Medrano al considerar que no hubo ninguna motivación ideológica, ni una "intencionalidad malvada" ni fue un acto arbitrario o caprichoso.

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