caso mercasevilla

El TSJA devuelve a Bolaños la causa de Carmelo Gómez y le pide que concrete su participación en los hechos

  • Quiere que concrete los "indicios racionales de criminalidad de la participación" del parlamentario andaluz.

Carmelo Gómez sale de una reunión del PSOE de Sevilla

Carmelo Gómez sale de una reunión del PSOE de Sevilla / Antonio Pizarro

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado devolver la exposición razonada del diputado Carmelo Gómez al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que dirige María Núñez Bolaños, con el fin de que la instructora concrete la participación del aforado en los hechos que se relatan. Por ese motivo, dispone que, por el momento, no procede la apertura del procedimiento penal contra el aforado, que es diputado del PSOE en el Parlamento andaluz.

Conforme a lo solicitado por el Ministerio Fiscal, el tribunal ha dispuesto que “con anterioridad a que esta Sala resuelva sobre la apertura o el rechazo de la investigación penal frente al aforado, que por la Instructora se concreten las conducta o conductas delictivas que, en relación con los hechos investigados, sean atribuibles indiciariamente a la persona aforada”, indica el auto.

Por ello, pide que “la juez Instructora precise en su exposición razonada que hechos podrían dar lugar, si así lo considera acreditado, a la investigación del aforado, pues para que cese en su competencia por razón de aforamiento, se hace indispensable que, en primer lugar se depuren cuantas diligencias de investigación sean necesarias para completar la investigación y, en segundo lugar, en relación con lo anterior, aparezcan y se indiquen indicios racionales de criminalidad de la participación en los hechos del aforado”.

El Alto Tribunal andaluz considera que “no basta, por tanto, con la constatación puramente nominal de que un determinado hecho delictivo ha sido atribuido a un aforado”. Resulta indispensable que el Instructor “que pretende declinar su propia competencia, exponga las razones que determinarían el inicio por este Tribunal del procedimiento especial contemplado en los preceptos anteriormente señalados. Y esa exposición razonada ha de ser lo suficientemente exhaustiva como para delimitar, con la provisionalidad que es propia del actual momento procesal, el alcance objetivo y subjetivo de los hechos”.

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el delito societario en la empresa Mercasevilla, había remitido una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que este órgano superior investigara al parlamentario andaluz del PSOE y vicesecretario general del PSOE de Sevilla Carmelo Gómez, en relación con los supuestos “contratos simulados” con las empresas del conseguidor de los ERE Juan Lanzas, cuyas nóminas habrían sido abonadas por Mercasevilla mediante cuatro facturas falsas.

En la exposición razonada, la juez pide que se investigue además en relación con estos hechos a otras seis personas no aforadas: el ex concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Sevilla José Antonio García; el ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet; el conseguidor de los ERE Juan Lanzas; el cuñado de éste, Ismael Sierra; María del Carmen Rodríguez, nuera del ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas; y el gestor José Rodríguez López.

La juez consideraba que el TSJA debe asumir la investigación también con respecto a las personas no aforadas porque “no parece que sea posible tramitar separadamente la causa para la persona aforada con separación de los segundos por órganos distintos, imponiéndose por el principio de continencia de la causa, la vis atractiva a favor de la competencia de esa Sala con el fin de evitar que pudieran dictarse resoluciones contradictorias”.

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