Sevilla

El TSJA anula la indemnización fijada en el atropello mortal del polígono Store

  • El fallo advierte de que el jurado popular no tenía competencias en materia de responsabilidad civil.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado parcialmente la sentencia relacionada con el atropello mortal de Manuel Alías García a la salida de una cena de Navidad en el Polígono Store en la madrugada del 12 de diciembre de 2010, con la finalidad de que la magistrada que presidió el jurado motive las indemnizaciones fijadas para la novia y los padres de la víctima, al entender que la sentencia "se limita a seguir el criterio expuesto por el jurado sin hacer una valoración propia de la prueba y sin exponer razonadamente la conclusión a que hubiere llegado en un sentido y otro".

La Audiencia condenó al acusado a indemnizar con 77.495,89 euros a los padres de Manuel Alías García, y en 15.000 euros a su novia, después de que el jurado considerara en el veredicto que el fallecido no vivía ni con sus progenitores ni con su novia. La sentencia del TSJA, que ante esta nulidad parcial no se pronuncia de momento sobre los otros recursos presentados contra la sentencia, señala que de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado se deduce que este tribunal ciudadano "carece de toda competencia en materia de responsabilidad civil derivada de delito: no sólo respecto de la determinación de la cuantía indemnizatoria, sino también sobre la estimación de las circunstancias de hecho que hayan de tener en cuenta para tal cuantificación".

Para el Alto Tribunal andaluz, el veredicto ha de declararse "parcialmente nulo en cuanto que, sin competencia objetiva para ello, declara no probados determinados hechos controvertidos determinantes de la cuantía indemnizatoria correspondiente a las acusaciones particulares (convivencia o no con la víctima)". La sentencia dictada por la magistrada "no está en absoluto motivada sobre este extremo civilmente importante, pues se limita a seguir el criterio expuesto por el jurado".

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