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Turismo | la lucha contra la oferta clandestina

Urbanismo multa con 1,8 millones a unos apartamentos turísticos

  • La propuesta de sanción es por realizar unas obras no legalizables para transformar parte de un edificio residencial.

El edificio de apartamentos turísticos que cuenta con la propuesta de sanción por parte de la Gerencia de Urbanismo.

El edificio de apartamentos turísticos que cuenta con la propuesta de sanción por parte de la Gerencia de Urbanismo. / Juan Carlos Muñoz

Una multa de casi dos millones de euros por obras ilegales. El servicio de Licencias e Inspección Urbanística de la Gerencia de Urbanismo ha iniciado un procedimiento sancionador contra una sociedad empresarial tras haber transformado parte de un edificio de uso residencial y familiar, situado entre las calles Becas y Juan de Oviedo, en pleno Casco Antiguo, en un edificio de apartamentos turísticos sin haber obtenido las autorizaciones preceptivas por parte de este órgano y de otros servicios municipales adscritos a la delegación de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo del Ayuntamiento.

Este procedimiento, que se encuadra en una actuación coordinada entre el Consorcio de Turismo de Sevilla y la Gerencia de Urbanismo contra las viviendas que son utilizadas de manera ilegal como apartamentos para alojar turistas, implica una propuesta de sanción por ejecución de obras no legalizables de 1.800.047,55 euros, importe que es equivalente al 75% del valor de la obra realizada en el inmueble. Una vez notificada esta apertura de procedimiento sancionador y, por tanto, la propuesta de sanción, la sociedad promotora tiene un plazo de quince días para realizar las alegaciones que considere oportunas.

El edificio objeto de la sanción por parte de la Gerencia de Urbanismo es un inmueble singular que está situado junto al convento de Santa Clara y la Torre de Don Fadrique, un complejo monumental que cuenta con la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) y en un entorno, que además está sometido al Plan Especial de Protección del Sector 9, San Lorenzo-San Vicente. La superficie destinada a apartamentos turísticos y, por tanto, que ha sido cambiada de uso se estima en 1.054 metros cuadrados, sin que el edifico reúna las condiciones normativas exigibles para tales usos. Las obras no son legalizables puesto que incumplen el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Sevilla.

En octubre 2008, Urbanismo concedió al edificio licencia de primera ocupación de uso residencial para 29 viviendas familiares. Tras varios escritos de denuncia sobre la utilización del inmueble como apartamentos turísticos y después de las inspecciones realizadas, se constató que, sin las licencias urbanísticas preceptivas, habían sido transformados 13 de los 29 pisos en apartamentos turísticos, y colocado además el rótulo publicitario AT (Apartamentos Turísticos) en uno de los balcones principales.

El informe realizado por el servicio de Licencias e Inspección Urbanística fue trasladado al área de Medio Ambiente del Ayuntamiento, que comunicó que tampoco se había presentado una declaración responsable que avalara el cambio de uso de las viviendas, que no disponen, por ejemplo, de entradas propias, ni ascensores ni escaleras de uso exclusivo, como dispone la normativa.

Se trata, por tanto, de una infracción urbanística que estaría calificada como grave, según tipifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Esta norma establece que la realización de obras de construcción o edificación cuando contradigan las determinaciones de la Ordenanza Urbanística aplicable en materia de usos, edificación y ocupación permitida, se sancionará con una multa de entre el 50% y el 100% del valor de la obra ejecutada. En este caso, sobre las 13 de las 29 viviendas cambiadas de uso.

No existen circunstancias agravantes, de ahí que en esta propuesta de multa no se llegue al 100% de la sanción máxima.

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