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Sevilla

Víctimas del accidente del A-400M recurren el archivo de instrucción por "incompleta"

  • La titular del juzgado de instrucción 13 de Sevilla acordó el 3 de abril el sobreseimiento provisional de la causa penal siguiendo el criterio de la Fiscalía.

Los bomberos, en el lugar del accidente.

Los bomberos, en el lugar del accidente.

Familiares de los fallecidos en el accidente del A-400M ocurrido el 9 de mayo del 2015 en el aeropuerto de San Pablo y los tripulantes heridos en el mismo han recurrido el archivo de la causa decretado por la jueza, al considerar que "está incompleta la instrucción" para aclarar lo sucedido.

Según informaron fuentes del caso, el archivo ha sido recurrido por la mayoría de las acusaciones particulares que representan a los cuatro tripulantes fallecidos y los dos heridos en el accidente mortal provocado por un fallo en tres de los cuatro motores del avión que realizaba un vuelo de prueba y que en la caída impactó con una torre de alta tensión.

La titular del juzgado de instrucción 13 de Sevilla acordó, en un auto del 3 de abril, el sobreseimiento provisional de la causa penal siguiendo el criterio de la Fiscalía, basado en el informe pericial de la Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares del Ministerio de Defensa, al considerar que el siniestro se produjo por una concatenación de causas sin posibilidad de atribuir responsabilidades penales.

Denegaba la práctica de nuevas diligencias solicitadas por las acusaciones particulares y es esto uno de los motivos alegados por éstas para recurrir el archivo, al estimar necesarias practicar dichas diligencias para el "esclarecimiento total" de los hechos.

Consideran que el informe pericial es meramente "técnico" sin entrar en "juicios de valor sobre actividades o conductas" que se deben esclarecer en la instrucción judicial.

Entre esas diligencias solicitadas por las acusaciones particulares está la declaración de técnicos de Airbus y EPI (fabricantes del software de control de los motores) "no para señalar a nadie" sino para "conocer" cuestiones "necesarias" antes de determinar si procede archivar la causa penal (la jueza dejó abierta la vía a emprender acciones civiles)

La Fiscalía solicitó el archivo al creer que no es posible exigir "responsabilidades personales a título de imprudencia" a "ninguno de los intervinientes en la cadena de causas naturales" del siniestro que se produjo por "la necesaria confluencia" de varios "factores concatenados, unidas a las decisiones tomadas en el vuelo".

Ello impide "aislar comportamientos individuales o conjuntos" que permitan "atribuir personalmente a cualquiera de los intervinientes" una falta en el "deber objetivo o subjetivo de cuidado" pues del informe pericial "se desprende que cada interviniente observó el deber de cuidado del profesional medio".

Para la Fiscalía "hubo errores" en la actuación de la tripulación, pero adoptaron "las decisiones razonables" ante las circunstancias "aunque no fueran las más adecuadas" y "de manera lógica" teniendo en cuenta que el fallo de tres motores a la vez es "tan inusual, tan poco probable y de efectos tan críticos que resultaba muy complejo poder procesar toda la información" para tomar decisiones adecuadas "en un tiempo tan reducido".

Respecto a los responsables de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, EPI y Airbus o el operario que cargó el software "que originó la defectuosa lectura de los sucesos reales, no infringieron en sus labores una norma técnica de cuidado", "el sistema no generaba ningún mensaje de alerta" y "empleó la prudencia que se le exigía, llegando a pedir consejo de los expertos".

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