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Sevilla

Una juez anula una plaza de profesor de Filología Latina en la Hispalense

  • La Universidad introdujo un "perfil investigador" concreto que favorecía a un candidato en detrimento de los demás

El Rectorado de la Hispalense.

El Rectorado de la Hispalense. / m. g.

La titular del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla ha anulado por "ilegal" la convocatoria de una plaza del cuerpo de profesores titulares de la Universidad de Sevilla, en concreto, de Filología Latina, al estimar el recurso presentado por un profesor de la Universidad de Valencia que aspiraba a esa plaza. Este profesor, defendido por el socio director de Desler Abogados, tiene 17 años de antigüedad en el cuerpo y acudió a los tribunales alegando dos motivos: la composición del tribunal que debía decidir la plaza y el perfil de la misma.

En el primero de los casos, alegaba que la composición no se ajustaba a lo dispuesto en los estatutos de la Universidad de Sevilla -el tribunal estaba formado por cuatro catedráticos y un profesor, cuando los estatutos de la Hispalense dicen que debe estar compuesto por dos catedráticos y tres profesores titulares-; y en el segundo porque se establecía un perfil que era "discriminatorio", con el que según el demandante se buscaba favorecer a un concursante determinado en el que concurría el perfil prefijado. El perfil que se exigía era "investigador", centrado en la "Edición de textos latinos clásicos".

La juez de lo Contencioso-administrativo ha estimado ambos motivos y así, sobre la composición del tribunal, señala que partiendo del artículo 85.3 del estatuto de la Universidad no pueden ser nombradas aquellas personas en las que no concurran los requisitos legalmente exigibles "por simple razón de ilegalidad", dado que "no puede la Universidad apartarse de lo regulado en los estatutos" y en este supuesto no es aplicable la "discrecionalidad de la Administración en cuanto a la categoría profesional de los miembros que deben formar la comisión de valoración".

En cuanto al perfil investigador, el recurrente reprochaba que esto permitía "privilegiar en el concurso a aquel candidato que reúna una específica condición: la de haber realizado una labor investigadora sobre Edición de textos latinos", por lo que es susceptible de "poner por delante a quien posee ese perfil frente a otros concursantes que tengan mejor currículum".

Dice la juez que esta medida "colocaba a los potenciales candidatos a la plaza en diferente posición de partida", por lo que tenía que "exponer el motivo por el que se hacía la convocatoria de esa manera en ese preciso momento, extremo que no se acreditó, por lo que procede estimar íntegramente el recurso contencioso". La magistrada insiste en que la Universidad debía haber motivado adecuadamente por qué se planteó la creación de la plaza de Filología Latina.

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