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Sevilla

El autor del atropello del Paseo de Colón cumplirá un año más de cárcel

  • La medida se produce al no haber pagado la multa de 4.320 euros a la que fue condenado.

Fernando Vargas Cornelló, el joven que fue condenado por la Audiencia de Sevilla a seis años de cárcel por el atropello mortal de Patricia Alfaro y Almudena González en el Paseo de Colón, en la Semana Santa de 2010, deberá cumplir un año de prisión adicional al no haber pagado la multa que le fue impuesta en su día en la sentencia.

Fuentes del caso informaron a Europa Press de que la condena impuesta al acusado incluía otra pena de 24 meses de multa a razón de seis euros diarios, en total 4.320 euros, cantidad que Fernando Vargas no abonó, lo que motivó que se iniciara el proceso de averiguación de bienes del imputado a fin de ejecutar la multa, una búsqueda que concluyó sin éxito.

A partir de ese momento, el juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla -que condenó inicialmente al acusado a seis años y medio de prisión, pena que posteriormente fue rebajada por la Audiencia a seis años- ha dictado un auto en el que le condena a un día de privación de libertad por cada dos cuotas de la multa impagadas, lo que hace un total de otro año de prisión, según las fuentes consultadas.

Seguidamente, el juzgado ha efectuado la correspondiente liquidación de la condena del imputado, proceso en el que se calcula el tiempo de cumplimiento y se descuenta el período que el acusado haya pasado en prisión preventiva.

Una vez hechos los cálculos oportunos, y sumado el año de cárcel por el impago de la multa, Fernando Vargas, que ingresó en la cárcel el 5 de abril de 2010, deberá permanecer en prisión hasta el día 27 de marzo de 2017, lo que supone siete años de condena.

El Juzgado de lo Penal número 8 condenó a Fernando Vargas a seis años y medio de prisión como autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir sin carné, así como por dos delitos de homicidio imprudente en concurrencia con un delito contra la seguridad vial, por conducción temeraria y otro delito de omisión del deber de socorro, por no haberse detenido voluntariamente tras el accidente.

Una vez presentados los recursos de las acusaciones particulares y de la defensa, la Audiencia de Sevilla absolvió al acusado del delito contra la seguridad vial por conducir sin carné, fijando la pena en seis años de prisión.

Durante la vista oral celebrada en febrero de 2011, el joven conductor aseguró que el semáforo donde tuvo lugar el trágico siniestro, ubicado frente a la Torre del Oro, estaba en verde, así como que circulaba a 60 kilómetros por hora y añadió que "en ningún momento" vio a las víctimas. Según su testimonio, cuando sintió el impacto levantó "el pie del acelerador", fue frenando y orillándose a la derecha con el objetivo de parar porque "nunca" se quiso dar a la fuga.

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