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Condena a un catedrático por abusos sexuales

Romero pide su absolución y dice que las víctimas le denunciaron por “venganza”

  • La defensa considera “imposible de creer que unas profesoras jóvenes, de fuerte complexión y practicantes de deporte, sean sometidas a abusos por otra persona de mucha más edad”.

  • Alega que las grabaciones de la vista oral son “incompletas y defectuosas” y pide que se repita el juicio en caso de que estén afectadas los originales.

El catedrático Santiago Romero, fotografiado en la Facultad de Ciencias de la Educación.

El catedrático Santiago Romero, fotografiado en la Facultad de Ciencias de la Educación. / juan carlos vázquez

El ex decano de la Facultad de Ciencias de la Educación de Sevilla Santiago Romero Granados, que fue condenado a siete años y nueve meses de prisión por haber abusado de dos profesoras de su departamento y una becaria de investigación, ha recurrido la sentencia solicitando su libre absolución porque considera que las tres víctimas le denunciaron por “motivos espurios de venganza y resentimiento”.

En un extenso recurso de 79 folios, el abogado del catedrático, Jorge Piñero, analiza todos y cada uno de los cargos contra el docente, y en primer lugar solicita que se declare la nulidad de las actuaciones a los efectos del recurso porque las grabaciones de la vista oral que le fueron entregadas por el juzgado son “incompletas y defectuosas”, planteando que en el caso de estos defectos afecten a las grabaciones originales, se declare la nulidad de la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número de Sevilla y, en consecuencia, se retrotraigan las actuaciones hasta un momento anterior a la celebración de la vista oral, anulando el juicio y volviendo a celebrarlo.

De manera subsidiaria, el recurso plantea que la sentencia es contraria a Derecho y pide la absolución de su cliente o que, en su defecto, en el supuesto de que se mantuviera la condena por los delitos de abusos sexuales, que se redujera la misma a una pena de “multa”, no de prisión y que se aplique como “muy cualificada” la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos.

El catedrático defiende en el recurso que los testimonios de las víctimas carecen de toda credibilidad objetiva, tanto por “inverosímiles” como por atentar contra la “más elemental lógica”, porque, según sostiene, es “sencillamente imposible de creer que unas profesoras universitarias, de entre veintitantos y treinta años, de fuerte complexión y todas ellas practicantes de deporte, sean sometidas a abusos libidinosos por otra persona de mucha más edad (aproximadamente 64 años) y de muy inferior estatura y complexión física”.

Además, considera igualmente inverosímil que eso ocurra en el despacho del decano de una facultad universitaria, con la secretaria en un despacho adjunto e inmediato, “a unos pocos metros y separados por una puerta de cristal en su casi totalidad, con trasiego constante de visitantes que entran sin llamar desde el despacho de la secretaria o desde la puerta que da al pasillo” y soportando las víctimas los tocamientos “sin reacción alguna, durante bastante tiempo, sin protestar, sin gritar, sin pedir ayuda, sin desembarazarse del presunto acosador, sin llamar la atención de la secretaria, sin escapar”. Y además, “volviendo una y otra vez al mismo despacho sin compañía, sometiéndose reiteradamente a los mismos tocamientos sin reacción y manteniendo silencio durante años hasta que se produce una denuncia administrativa absolutamente tardía”, añade la defensa.

El letrado recuerda asimismo que el condenado es el catedrático “más prestigioso de la Facultad, que goza de la mejor de las reputaciones en todos los órdenes, especialmente en el respeto hacia la mujer, que ha convivido en la misma facultad durante 43 años con un enorme número de profesoras, alumnas y empleadas y jamás ha tenido el más mínimo problema” en un centro con más de 200 profesoras y donde se conoce todo el mundo. “Nadie puede creer una cosa así, por mucho que se intente justificar el silencio y pasividad en el miedo a la autoridad del catedrático o a la dificultad de probar lo ocurrido”, asevera.

La defensa insiste en que existen en todos los casos “claros motivos espurios de venganza y resentimiento” de las denunciantes. Así, señala que una de las víctimas consideraba que el catedrático fue el responsable de que le suspendieran su contrato cuando obtuvo la estancia en una universidad mexicana, así como por su convicción de que había “difundido por la facultad el rumor de que estaba enferma”.

Entre esos resentimientos, señala la “gran frustración” de las denunciantes al verse obligadas a darse de baja en el grupo de investigación por unos criterios que consideraban injustos y que atribuían al acusado, así como la devolución a una de ellas de su proyecto de tesis doctoral o la negativa a dar el visto bueno a un proyecto de beca porque le faltaba la “documentación más importante (la memoria y el cronograma)”.

Y añade que las denunciantes también se sintieron “frustradas y dolidas” al ganar las elecciones a director del departamento el catedrático y perderlas el candidato de ellas.

La defensa insiste en negar todos los tocamientos lascivos denunciados pero añade que, en el supuesto de que la Audiencia estimara que realmente existieron, “necesariamente tendrían que ser percibidos por su autor como consentidos por las profesoras denunciantes, porque la actitud repetitiva de ellas de admitir sin reacción alguna tales tocamientos, en diversas ocasiones, acudiendo al despacho del acusado a pesar de las anteriores experiencias en el mismo sentido, necesariamente tendrían que hacerle suponer, aunque fuese erróneamente (pero sin posibilidad de superar tal error) la aceptación por ella de tales tocamientos, lo que, al constituir un requisito básico de la tipicidad del delito que lo abusos no sean consentidos, conduciría a la absolución del acusado”.

La defensa critica las “gravísimas contradicciones” en los testimonios de las víctimas –asegura que uno de los abusos se sitúa un día en que el catedrático estaba de viaje en un congreso internacional en Córdoba- y destaca asimismo que alguna de las profesoras que declaró como testigos “mintió hasta en la última versión descafeinada que dio de lo ocurrido” en su claro propósito de apoyar a una de las víctimas.

Además, recuerda la existencia de docenas de profesoras que “nunca” han tenido tales experiencias con el acusado, así como el continuo trasiego de alumnos y profesores, o lo “inverosímil de supuestos tocamientos sexuales en pasillos y zonas comunes de la Facultad, vigiladas además por su completo sistema de cámaras cuyas imágenes eran perfectamente vigiladas por los bedeles bajo el control de seguridad de la universidad”.

Uno de los hechos que se le atribuyen al catedrático ocurrió en febrero de 2007, cuando al coincidir con una profesoras en las escaleras de la facultad, se puso delante y le dijo que le había salido “un bulto”, separando a continuación las piernas y manifestándole acto seguido: “¡Aquí, en los huevos, tócalo, tócalo”.

Dice la defensa que les faltan palabras para “dar un adecuado calificativo a este supuesto episodio, al que le quedan cortas las calificaciones de esperpéntico y grotesco, además de falso, por supuesto”. Y añade que si no fuese porque se trata de gravísimas acusaciones penales que están causando un “enorme sufrimiento” al condenado, “resultaría difícil dejar de apreciar el aspecto cómico que sin duda tiene semejante relato”, a lo que añade: “obviamente, no hay nada cómico en las gravísimas y falsas acusaciones”.

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