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Sevilla

La empresa propietaria cree que Tablada seguirá siendo "una gran oportunidad"

Las empresas propietarias de Tablada, cuya reserva de suelo municipal ha sido anulada por los tribunales, creen que la zona "seguirá siendo la gran oportunidad para Sevilla, para construir o cualquier otra utilidad", por lo que "el futuro no nos preocupa".

Fuentes de Tablada Híspalis, el consorcio que aglutina a las empresas propietarias del terreno, han expresado hoy a Efe su satisfacción por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha anulado la reserva de suelo decretada por el Ayuntamiento, por considerarla "desproporcionada" y sin "justificación de la supuesta degradación que imponga una actuación pública".

Las citadas fuentes han indicado que la dehesa de Tablada "sigue siendo no urbanizable", pero eso no les "preocupa" porque creen que se trata de un espacio que, por su proximidad al casco urbano, "es la gran oportunidad para Sevilla, que tiene un área metropolitana cada vez más dispersa".

"Habrá otras oportunidades, para construir o cualquier otra cosa", han añadido las fuentes, que por eso han explicado que "hoy nos alegramos de mantener la propiedad porque desde hace seis años estamos amenazados por la expropiación, que ha sido el objetivo principal del Ayuntamiento", y "nos alegra que los tribunales no lo hayan permitido", han dicho.

En cuanto al futuro, Tablada Híspalis teme que el Ayuntamiento "lo intente una tercera vez", aunque creen "que se lo pensarán ante la actual situación inmobiliaria".

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, en una sentencia facilitada hoy a Efe, anula por "desproporcionada" la reserva de "casi 350 hectáreas de terreno para espacio libre de ocio y recreo de los ciudadanos, sin delimitar cuántas de ellas irán destinadas a esa finalidad".

La desproporción "es aún más evidente cuando comprobamos que el gran parque de Sevilla que es hoy el del Alamillo tiene una superficie de 48 hectáreas, siete veces inferior a los terrenos objeto de reserva", dice el fallo.

El TSJA confirma en todos sus extremos la sentencia dictada en 2006 por el juzgado de lo Contencioso 7 de Sevilla, que aplicó la jurisprudencia de que las reservas de suelo deben tener una finalidad eminentemente social.

De este modo, los designios urbanísticos "en los que se apoya la Gerencia de Urbanismo, aún constituyendo una finalidad lícita y plausible, excede de los específicos que pueden avalar las reservas de terrenos", dice el TSJA.

Añade la sentencia que, aparte de no indicar el pretendido fin social, el Ayuntamiento sevillano "no dice, justifica ni prueba hasta qué extremo los terrenos de Tablada sufren una degradación tal que imponga una actuación pública, ni en qué haya de consistir concreta y específicamente ésta".

La sentencia del TSJA, que es firme, condena además al Ayuntamiento a pagar las costas judiciales de la apelación.

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