Sevilla

La hora de Torrijos y Castaño

  • Arranca el juicio contra los 10 acusados por las presuntas irregularidades en la venta de los suelos de Mercasevilla

El ex portavoz municipal de IU Antonio Rodrigo Torrijos atiende a los periodistas tras una comparecencia en los juzgados de Sevilla.

El ex portavoz municipal de IU Antonio Rodrigo Torrijos atiende a los periodistas tras una comparecencia en los juzgados de Sevilla. / juan carlos vázquez

El ex portavoz municipal de IU Antonio Rodrigo Torrijos y el ex asesor del grupo municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Sevilla Domingo Enrique Castaño compartiendo el banquillo de los acusados. La juez de lo Penal número 13, Yolanda Sánchez Gucema, ha fijado para este martes el arranque del juicio por la venta de los suelos de Mercasevilla, una vista oral que se inicia siete años después de que la juez Mercedes Alaya iniciara la investigación. El juicio se celebrará en la Audiencia de Sevilla y están previstas inicialmente 28 sesiones de la vista oral, que tendrán lugar entre los meses de enero y marzo.

La Fiscalía sitúa al ex portavoz de IU Antonio Rodrigo Torrijos y al ex asesor Domingo Enrique Castaño en el eje del diseño de una trama para adjudicar a la constructora Sanma el concurso público para la venta de los suelos de Mercasevilla. A los diez acusados les reclama una condena de dos años de prisión por un delito de fraude y exacciones ilegales, si bien la Fiscalía también atribuye un delito de prevaricación al ex director de Mercasevilla Fernando Mellet. De la misma forma, el fiscal solicita que se declare la "nulidad del concurso y del contrato de opción de compra firmado entre Mecasevilla y Sanma de fecha 23 de febrero de 2006 y los actos derivados del mismo".

En el escrito de conclusiones provisionales, el fiscal sostiene que en el año 2004 el director de Mercasevilla Fernando Mellet y el también consejero Domingo Enrique Cataño "pactaron" con Sando que, a través de su filial Sanma, se hiciera cargo de una reclamación económica de la empresa Larena 98 -que había obtenido un derecho de superficie- para poner fin al pleito, subrogándose ese derecho y "a cambio, aparte de recibir el pago del canon -58.738 euros mensuales-, Mercasevilla les adjudicaría directamente un derecho de opción de compra sobre los terrenos, llegándose a elaborar un protocolo entre Mercasevilla y Sanma en donde se fijaba el precio de los terrenos y que la cantidad que Sando pagara a Larena se descontaría del precio final".

Esta idea, subraya el fiscal, fue expuesta sin citar a la empresa por Fernando Mellet y el asesor jurídico Jorge Piñero en una reunión de la comisión ejecutiva de Mercasevilla que se celebró el 28 de junio de 2005, y fue reiterada en otra del 15 de julio, donde ya sí se mencionó que la interesada era Sando.

Tres días después, el 18 de julio, Sando llegó a un acuerdo con Larena, a la que pagó 1.080.000 euros para subrogarse el derecho de superficie, pero la segunda parte del acuerdo no se pudo consumar ante la "resistencia al modo de adjudicación directa" entre los restantes miembros del consejo de administración de Mercasevilla, entre ellos los vocales de Mercasa y el secretario y el interventor municipales, por lo que "de común acuerdo los acusados -Mellet, Castaño, Torrijos y Gonzalo Crespo- convencieron a los demás al menos para que el sistema de venta fuera el del concurso y no el de subasta".

Una vez decidido el sistema de concurso público, los acusados encargaron la confección del pliego de condiciones a Jorge Piñeros, entonces vicesecretario del consejo, a María Victoria Bustamante, también consejera, y al economista José Antonio Ripollés, vinculado profesionalmente a la lonja. "Los tres confeccionaron un pliego a la medida de los intereses de Sando", asevera el fiscal. En ese pliego se incluyeron dos cláusulas que tenían como fin favorecer a Sando, prosigue el fiscal. La primera, de limitación al alza, penalizaba las ofertas económicas que excedieran en más de un 10% la media de todas las ofertas. Sando se aseguraba de esta forma que, partiendo de un precio de tasación de 105 millones, y siendo su oferta el precio ya pactado de 106 millones, "ninguna oferta más interesante que la suya se viera beneficiada sino por el contrario penalizada y excluida".

La segunda cláusula, de titularidades previas, otorgaba una puntuación a los ofertantes que poseyeran ya sobre los terrenos de Mercasevilla algún derecho, lo que también beneficiaba a Sando porque "ninguna otra empresa constructora que pudiera concurrir al concurso tenía titularidad parecida sobre los terrenos".

Dice el fiscal que también beneficiaba a Sando la confección de la oferta técnica, la programación, financiación y apoyo técnico en el desarrollo de las operaciones de traslado y construcción de la nueva sede, porque tuvo más tiempo para confeccionar una "muy completa oferta técnica".

Aprobado el concurso, acudieron al mismo ocho empresas, de las cuales cinco eran "merecedoras del calificativo de ofertas de relleno o de compromiso". Todas ofrecían un precio similar de 105 millones, salvo Noga que ofertó más de 158 millones y Landscape que ofertó 115 millones. Abiertas las plicas, la mesa de contratación encargó a María Victoria Bustamante y a José Antonio Ripollés que hicieran la valoración de todas las ofertas, "lo que hicieron favoreciendo los intereses de Sando".

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