DERBI Betis y Sevilla ya velan armas para el derbi

Sevilla

La juez plantea si debe volver a prisión el hijo de Ortega Cano

  • Pregunta al fiscal si debe revocarse la suspensión de la pena del robo en el club tras otra condena

José Fernando, detenido tras quebrantar la orden de alejamiento.

José Fernando, detenido tras quebrantar la orden de alejamiento. / antonio pizarro

La juez de lo Penal número 5 de Sevilla ha solicitado a la Fiscalía que informe sobre si cree que debe revocarse la suspensión de la condena de un año y nueve meses que le impuso a José Fernando Ortega Mohedano, el hijo del torero José Ortega Cano, por el robo y agresión a otro joven a las puertas de un club de alterne en la madrugada del 2 de noviembre de 2013.

La pregunta de la magistrada, que podría provocar que el joven ingresara de nuevo en prisión para cumplir la condena, se produce después de que el juzgado haya tenido conocimiento de otra condena de un año de prisión, dictada por un juzgado de Jerez de la Frontera (Cádiz), por haber quebrantado en dos ocasiones la orden de alejamiento que se ha acordado con respecto a su pareja, María Jesús Rodríguez, Michu, a la que había visitado en el hospital cuando estaba embarazada.

La juez suspendió en 2015 la condena siempre que no delinquiera en dos años

En una diligencia de ordenación, el juzgado ha incorporado el testimonio de la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 2 de Jerez, que condenó a José Fernando a sendas penas de seis meses de prisión, y al mismo tiempo ha dado traslado a la Fiscalía de Sevilla para que informe sobre la "posible revocación de la suspensión de la pena de prisión concedida en la presente causa".

El juzgado de Sevilla acordó en junio de 2015 la suspensión de la condena por el robo y agresión en el club de alterne, dada la "menor peligrosidad criminal" de José Fernando y porque entendía que cumplía todos los requisitos para que se le concediera este beneficio. Sin embargo, la suspensión de esta condena estaba condicionada a que el reo "no vuelva a delinquir" durante el periodo de suspensión de la misma, que era de dos años.

La juez había tenido en cuenta que en este caso concurrían todas las condiciones que exige la ley, porque José Fernando había delinquido por primera vez, había satisfecho todas las responsabilidades civiles derivadas del delito, y además porque las "circunstancias del hecho y personales del autor hacen presumir en el mismo una menor peligrosidad criminal", argumentaba la juez en un auto dictado el 29 de mayo de 2015. La Fiscalía había pedido que la suspensión de esta condena se condicionara a que no volviera a cometer ningún delito por un periodo de tres años, pero la juez fijó ese plazo en dos años.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios