Sevilla

"Me ha salido un bulto. Tócalo, tócalo"

  • La sentencia que ha condenado a 7 años y nueve meses de prisión al catedrático Santiago Romero Granados describe las situaciones de acoso y abusos continuos a las que sometió durante años a dos profesoras y una becaria de investigación.

Santiago Romero Granados.

Santiago Romero Granados. / Juan Carlos Vázquez

Una auténtica situación de acoso y abusos continuados durante años. Eso es lo que relata la sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, que ha condenado a siete años y nueve meses de prisión al ex decano de la Facultad de Ciencias de la Educación Santiago Romero Granados por haber abusado de dos profesoras de su departamento y una becaria de investigación. Besos, insinuaciones soeces, forcejeos con las mujeres son algunas de las situaciones que describe el fallo sobre unos abusos que tuvieron lugar tanto en el despacho del catedrático, en los pasillos de la facultad y en un pub.

La sentencia, de 74 folios, declara como hechos probados que desde mediados de 2006 y hasta mediados de 2010, el catedrático realizó diversos tocamientos a las dos profesoras y a la becaria de investigación "con ánimo libidinoso". Así, señala que en una ocasión cuando una de las nuevas profesoras fue a presentarse ante él, Santiago Romero se sentó a su lado, "le puso la mano en el hombro y a continuación le tocó en un pecho", ante lo que la mujer se apartó, y entonces le colocó un documento entre las piernas y con esa excusa le tocó la pierna por el interior diciéndole "lo buena que estaba".

En otra ocasión, cerró la puerta del despacho y le colocó los genitales muy cerca del rostro de la víctima, a unos diez centímetros, sentándose acto seguido a su lado y colocándole la mano en el muslo hasta llegar a sus genitales, por lo que la profesora se levantó y se marchó. La profesora intentó entonces evitar acudir al despacho, pero cuando el acusado se la encontraba se mostraba "insinuante" hacia ella, agarrándola por la cintura y le hablaba aproximando mucho su cara a la de ella, todo ello "en los pasillos de facultad".

La sentencia describe igualmente otros abusos, como cuando una vez la agarró por detrás y pegó su su cuerpo contra los glúteos de la profesora, algo que ocurrió en febrero de 2007, y ese mismo mes cuando se encontraron en una escalera, él le dio alcance y le preguntó qué le pasaba, se puso delante y le dijo que le había salido "un bulto", separó las piernas y añadió: "Aquí en los huevos. Tócalo, tócalo", algo que la víctima rechazó.

La víctima llegó a colocarse un abrigo grande, un pantalón de chándal y una carpeta sobre el pecho para impedir que se repitieran incidentes como los anteriores, pero a pesar de ello, la cogió por la cintura, la puso contra la mesa del despacho, intentó darle dos besos en la boca, y frotó sus manos por el abdomen de la chica hasta tocarle el pecho, momento en que la mujer lo apartó con la carpeta. Otras veces la besó en la boca y le dio un "lametón en el cuello", describe el fallo, que relata que esta mujer sufre un trastorno adaptativo ansioso depresivo grave a causa de los continuos abusos.

A otra de las profesoras, que acudió a su despacho con una duda sobre cómo debía dirigir la actividad investigadora, el acusado le colocó una mano en la espalda como para consolarla –la profesora había echado a llorar- y la otra mano en el muslo, llegando a continuación a subirle la mano y ponerle tres dedos en la entrepierna, momento en que la mujer quitó la mano empujándola hasta la rodilla.

Tras este incidente, cuando se la encontraba en los pasillos, el catedrático la abrazaba e intentaba, consiguiéndolo en ocasiones, tocarle los pechos, llegando a decirle a veces que "tenía que follar más, que estaba muy flaca". Y en otra ocasión que estaba acompañado por una persona no identificada, le dijo "¿has visto lo buenas que están las profesoras de mi facultad?", al tiempo que le cogía un pecho. A esta misma docente, en otra ocasión en la que llevaba en brazos al hijo menor de la profesora, al pasa justo a su lado le tocó la entrepierna.

A la tercera víctima la abrazó "de manera efusiva" en su despacho y le tocó los glúteos,"mirándola de manera lasciva", precisa la sentencia, que también recoge que en noviembre de 2008 a esta misma mujer cuando se encontraban en un pub le cogió la mano y la "colocó sobre sus genitales", y cuando acudía a su despacho la besó en varias ocasiones.

Dice la sentencia que al menos desde el año 2006, el acusado vino realizando "ostentación de su poder académico desde un primer momento, dejando claro a las mismas que él era quien mandaba en el departamento de Educación Física de la Facultad de Ciencias de la Educación" y de que era él "quien tomaba las decisiones relevantes en cuando a docencia, investigación, etc., de modo que habían de seguirse sus indicaciones como la de nombrarle director de las tesis doctorales" o hacer constar su participación en la publicación que cada profesora realizara.

Además, "señalaba" a las personas que consideraba que no se comportaban conforme a lo que él entendía correcto, de manera que quedaban "aisladas" del resto de las personas próximas al acusado.

El fallo otorga credibilidad al testimonio de las víctimas frente al de otros profesores que declararon a favor del acusado, al entender que "la mayor parte de los testimonios son manifiestamente parciales y ofrecidos con la voluntad de crear una imagen intencionadamente positiva" del catedrático condenado. "No quiere este juzgador pensar que los testigos falten a la verdad ni cuenta con elementos para considerar que existan indicios de ellos, cuando más puede dudarse si lo que algunos de ellos ha hecho ha sido el colocarse en una situación rayana a la ignorancia deliberada" asevera el fallo, que fija un máximo de cumplimiento de seis años y nueve meses de prisión.

El fallo le condena por tres delitos continuados de abusos sexuales a dos años y tres meses de cárcel por cada delito, y a un año más por un delito de lesiones, y establece además el pago de 110.000 euros en concepto de indemnizaciones que deberá abonar la Universidad de Sevilla como “responsable civil subsidiario”.

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