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Sevilla

El sindicato policial reclama al TSJA que paralice el catálogo de multas

  • El Sppme argumenta que las normas de tráfico aprobadas por el Ayuntamiento padecen un "vicio de nulidad radical" debido a que se detectaron 164 errores

El Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) en Sevilla ha vuelto a solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que suspenda cautelarmente el catálogo de normas de graduación de sanciones en materia de tráfico aprobadas por el Ayuntamiento porque padecen un "vicio de nulidad radical" por los 164 errores detectados.

El Alto Tribunal andaluz rechazó inicialmente la paralización del nuevo codificado de multas entregado a los agentes porque, según un auto de la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo, la solicitud de la medida se había realizado de forma extemporánea.

El sindicato mayoritario en la plantilla sevillana argumenta ahora, en un recurso de súplica planteado a la Sala, que se ha producido una circunstancia sobrevenida: la modificación en octubre de 2007 de las normas de graduación de las sanciones de tráfico por parte del Ayuntamiento y en la que se reconoce la "ilegalidad" de parte de dichas normas, debido a los errores detectados y que el propio Consistorio atribuyó a un "salto de línea" en el procesador de textos que manipulaba un funcionario de la delegación de Movilidad.

La consecuencia de este error burocrático consiste en que el catálogo incluye la retirada de puntos del carné de conducir por infracciones leves: estacionar en zona azul con un billete manipulado, usar una tarjeta de residente de otro coche, no llevar elementos reflectantes en las bicis, o sancionar al pasajero de un turismo que no llevase abrochado el cinturón, cuando la ley sólo prevé esta sanción en el supuesto de que la infracción la cometa el propio conductor del automóvil.

Ante el cúmulo de errores, el jefe de la Policía Local dictó una orden del Cuerpo, de 7 de marzo, en la que ordena paradójicamente la suspensión de la aplicación del catálogo y da instrucciones a los agentes para que en los boletines de denuncia por cualquier infracción de tráfico sólo se haga constar el "hecho denunciado" y no se incluya ninguna referencia al artículo de la ley que castiga esta infracción, a la cuantía de la multa o la retirada de los puntos que conlleva la sanción. Esta decisión conlleva que las multas son fácilmente recurribles, al no cumplir con los derechos de los ciudadanos a conocer las infracciones y las sanciones que se les pueden imponer.

El recurso del Sppme recuerda que entre la aprobación provisional (de octubre de 2007) y la definitiva de la norma de graduación de sanciones van a transcurrir un "buen número de meses, durante los cuales el reglamento original está vigente y aplicándose, imponiéndose sanciones contrarias a las disposiciones legales de rango superior y por tanto nulas de pleno derecho". El sindicato insiste en que la norma adolece de un "vicio de nulidad radical" y añade que la suspensión solicitada "no perjudica al interés general, sino que lo beneficia claramente, al paralizar la ejecución de una norma administrativa municipal claramente contraria a otras disposiciones de carácter general y rango superior".

El presidente del Sppme en Sevilla, Manuel Bustelo, aseguró ayer que si el Alto Tribunal no paraliza la aplicación del catálogo, todo el trabajo de la Policía Local, que sólo en la pasada Semana Santa impuso más de 4.600 multas, casi el doble que las que colocaron en la misma época del año 2007, "puede quedar en balde porque si los ciudadanos recurren las sanciones pueden verse reducidas a la mitad o incluso no quedar ninguna". Bustelo no dudó en atribuir la situación a la "terquedad de los responsables de la delegación municipal de Movilidad", a los que el sindicato informó de los errores detectados en su día.

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