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Sociedad

La Justicia tumba una estación de esquí por su impacto medioambiental

  • La Junta castellanoleonesa defiende su actuación de conciliar desarrollo y medio ambiente y los ecologistas la califican de brutal.

Por primera vez un fallo judicial incluye en su argumentación el efecto venidero del cambio climático para echar abajo la puesta en marcha de un proyecto de estación esquí en el Puerto de San Glorio, entre las provincias de León, Palencia y Cantabria, que preveía 55 kilómetros de pistas en medio de uno de los últimos reductos estables del oso pardo. Así lo ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que considera que la Junta infringió la ley al autorizar el proyecto. El presidente castellanoleonés, Juan Vicente Herrera, ha defendido la actuación de la Junta en conciliar desarrollo y medio ambiente. Por contra los ecologistas han tachado de "brutal" la posición favorable a este proyecto de la administración regional.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) considera en una sentencia que la Junta infringió la Ley y varias normativas al autorizar la construcción de una estación de esquí en San Glorio -en una zona de alta montaña en la Cordillera Cantábrica entre las provincias de León, Palencia y Cantabria-. La sentencia anula el plan de la Junta de Castilla y León del año 2006 para permitir la construcción de la estación de esquí proyectada en parte sobre un parque natural, uno de los últimos reductos del oso pardo.

La sentencia admite que, como señalan los informes científicos, "es muy dudosa la viabilidad económica" de la estación "por el cambio climático" y además da la razón a la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (Arca) y se esperan fallos similares a recursos de la Sociedad Española de Ornitología, WWF/Adena, Fundación Oso Pardo, Fapas y Plataforma en Defensa de San Glorio. La sentencia destaca que la Junta permitió el esquí "sin un informe técnico o científico" que justifique el cambio y recuerda que en los parques naturales el desarrollo económico "es un objetivo básico, pero no prioritario".

Además, da por acreditado que una estación de esquí es "incompatible" con "la supervivencia de algunas de las especies y vegetación allí existente", y que por eso la Junta la prohibió en 1998. También considera probado que "es muy dudosa la viabilidad económica de una estación de esquí en ese espacio natural por los cambios climáticos que se están produciendo y por las circunstancias físicas que concurren en él". 

El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000. La declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina por parte de la Junta se remonta a 1999 y en su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) se prohibía cualquier estación de esquí alpino. La zona alberga una de las dos únicas poblaciones de oso pardo que quedan en España, entre otras especies protegidas. Pero en 2004, la empresa Tres Provincias presentó con un plan para construir una estación de esquí que tendría una parte sobre el espacio protegido.

Tras el fallo judicial, el presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, afirmó que "los tribunales al final son la garantía de la legalidad, por tanto nadie debe rasgarse vestiduras por una decisión judicial". Herrera señaló que la Administración regional representa un ejemplo respecto al conjunto de la nación en cuanto a los proyectos que concilian el desarrollo territorial con el medio ambiente, pero matizó que "en Castilla y León no se pueden perder muchos proyectos de desarrollo territorial", sobre todo, destacó, cuando a la vez se ponen en valor recursos patrimoniales, naturales, etcétera.

Por su lado, el portavoz de la asociación ecologista Arca, José Ángel Herrera, calificó de "salvajada de niveles absolutamente descomunales" la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina mediante la que se permitió la construcción de la estación de esquí . El representante de la asociación ecologista recordó que la sentencia anula la modificación que la Junta de Castilla y León realizó en el PORN del parque natural, por la cual se eliminó la prohibición de construir estaciones de esquí sobre esta zona "para permitir el negocio de la empresa Tres Provincias". "Así de simple, llana y brutal fue la actuación de la Junta", aseveró.

Por su lado, el secretario regional del PSOE, Ángel Villalba, llamó a la "reflexión" ante la sentencia y pidió "respeto" ante la decisión del alto tribunal. 

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