Economía

Heredar: ¿beneficio o lastre?

Heredar: ¿beneficio o lastre?

Heredar: ¿beneficio o lastre?

Jaime García y Gracia Ortega, Family Bankers de Banco Mediolanum Jaime García y Gracia Ortega, Family Bankers de Banco Mediolanum

Jaime García y Gracia Ortega, Family Bankers de Banco Mediolanum

“La herencia es un error de cálculo”, decía el Premio Nobel de Economía Franco Modigliani. Para muchas familias no lo es. Es un objetivo más para ahorrar y gestionar un patrimonio.

Por lejano que parezca, para morirse solo hay que estar vivo, y ser previsor ayudará a que nuestros sucesores puedan tener la vida que nos gustaría que tuvieran. Una cautela que debe incluir una estrategia financiera en la que preparemos la transmisión de nuestros bienes.

Las herencias no son sencillas ni baratas, especialmente si no hemos hecho testamento, algo que encarece y legalmente dificulta el proceso, siendo un caso aún más delicado cuando hay hijos menores de edad como herederos. Tener testamento es importante para cuestiones no solo económicas, pues se puede usar para dejar constancia de quién cuidará de los hijos en caso de fallecimiento de los dos tutores o quién administrará sus bienes mientras que sean menores de edad, en qué proporción se quiere proteger a los herederos, etc.

Traspasar los bienes conlleva costes que no siempre pueden afrontar los beneficiarios, ya que podrían encontrarse con las cuentas bancarias congeladas hasta que el notario legalice la herencia. Problemas que pueden suponer un lastre, hasta incluso la posibilidad de tener que renunciar a la herencia. Uno de los mayores desembolsos es el impuesto de sucesiones y donaciones, que, ahora mismo, en Andalucía es prácticamente inexistente. De forma resumida: está exento un millón de euros por heredero en caso de hijos, sin límite de edad, cónyuges y ascendientes. Y hasta 250.000 euros para hermanos y sobrinos. Además, el 99% de lo que habría que tributar está bonificado. Así que, actualmente, solo el 4% de los andaluces tendrían que abonar dicho impuesto.

Pero, cuidado, hay dos aspectos que tener en cuenta para evitar sorpresas. La primera, que el impuesto varía según la comunidad y se aplica la norma del lugar de residencia del fallecido. Y la segunda, que las leyes no son para siempre. La actual legislación en Andalucía podría variar ante un futuro cambio de gobierno autonómico o en el caso de establecerse un impuesto estatal sobre las herencias.

Preparar con acierto la herencia de los nuestros es lo suficiente importante para contar con un asesoramiento profesional. Por ejemplo, a través de seguros podemos prever, en caso de no disponer de ahorros, los fondos para el coste del sepelio, el de los impuestos (no solo el de sucesiones, sino también el de la plusvalía de la vivienda), o garantizar que la familia pueda mantener el mismo nivel de vida al menos tres años después de nuestro fallecimiento. También debemos decidir si conviene una cesión en vida en vez de una sucesión.

Un buen asesoramiento financiero nos permite planificar también el momento en el que no estemos y buscar la forma de que la herencia, que tanto nos ha costado atesorar, sea un beneficio y no un lastre para quienes la reciban.