El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación de Alwadi-ira-Ecologistas en Acción contra la sentencia del TSJA que declaró nulo un acuerdo de 2016 del Ayuntamiento de Alcalá Guadaíra por el que se modificó el PGOU para prohibir la revalorización de residuos a menos de dos kilómetros de zonas urbanas, lo que hubiera impedido que la Cementera Portland-Valderrivas pusiera en marcha el proyecto que tiene en ese sentido.
Así las cosas, es previsible que el recurso que presentó el Ayuntamiento tampoco sea admitido.
Según ha informado la organización ecologista en un comunicado, el Supremo estima que no se ha justificado, suficientemente, el "interés casacional objetivo".
La Sentencia del TSJA, que hoy es firme, no pone en duda la competencia del Ayuntamiento para regular la nueva actividad, pero fundamenta la nulidad del acuerdo en la ausencia de una "especial motivación", que debió sustentar la modificación del PGOU aprobada.
Alwadi-ra-Ecoligitas en Acción, que se integra en una plataforma contra la incineración de residuos, insiste en que el nuevo escenario requiere de "una respuesta unitaria de la ciudadanía y la representación institucional" y hay que iniciar otra modificación del PGOU.
Insta a hacerlo con todos "los mecanismos legales, los informes y los peritos necesarios, que subsanen las deficiencias observadas por el TSJA, sin cometer más errores".
En la nota también recuerda que la Autorización Ambiental Integrada, que permitía a la cementera, ubicada junto a la A-92, revalorizar 292.000 toneladas de residuos al año, se encuentra anulada por sentencia firme, aunque la empresa no ha renunciado al proyecto y sigue tramitándolo.
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