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Andalucía

Bolaños excluye a seis altos cargos de los ERE siguiendo el criterio de la Audiencia

  • En la pieza por las ayudas a los mineros de la Faja Pirítica se mantiene como investigados a dos ex responsables del Gobierno de Aznar y los ex secretarios generales de UGT y CCOO-A

El ex director de Trabajo Javier Guerrero, con su abogado, Fernando de Pablo, en la Audiencia de Sevilla por el juicio del "procedimiento específico".

El ex director de Trabajo Javier Guerrero, con su abogado, Fernando de Pablo, en la Audiencia de Sevilla por el juicio del "procedimiento específico". / raúl caro / EFE

Ningún ex alto cargo de la Junta está investigado ya por las ayudas de 40 millones a los ex mineros de la Faja Pirítica onubense. La juez María Núñez Bolaños, que investiga esta pieza separada de la macrocausa, ha dictado un nuevo auto en el que, siguiendo el criterio marcado por la Audiencia de Sevilla -cuestionado por la Fiscalía Anticorrupción en el juicio de los ERE-, ha decidido excluir a los seis ex altos cargos de la Adminstración autonómica que figuraban como investigados y quedan apartados del procedimiento.

En el auto, la instructora rechaza la petición de la Fiscalía Anticorrupción, que había solicitado en un recurso de reforma que se suprimiera en la imputación de estos seis ex altos cargos -los ex consejeros José Antonio Viera y Antonio Fernández, el ex viceconsejero Agustín Barberá, y los ex directores de Trabajo Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera- las referencias a que "conocían, permitieron e impulsaron la concesión de fondos públicos de manera arbitraria y careciendo del procedimiento legalmente establecido, lo que posiblemente permitió que terceras personas se lucraran de manera indebida de fondos públicos", hechos que la Fiscalía reconoce que constituyen el objeto del juicio que se está celebrando actualmente por el denominado "procedimiento específico".

En su lugar, el Ministerio Público reclamó a la instructora que en la imputación de estos ex altos cargos se recogiera "expresamente la participación de los investigados en los hechos de apariencia delictiva" relacionados exclusivamente con las ayudas a los mineros de la Faja Pirítica, "sin incluir los relativos al denominado procedimiento específico".

Sin embargo, María Núñez Bolaños ha decidido seguir el criterio de la Audiencia, que estableció que sólo podía haber un juicio para los ex altos cargos dado que el procedimiento específico englobaba su posible participación en la concesión de las ayudas individuales, y ha excluido del proceso a los seis ex altos cargos autonómicos. Agustín Barberá ya fue excluido en un auto anterior de octubre y los otros cinco han sido apartados del proceso, si bien en el caso de Daniel Alberto Rivera éste ex director general es el único que no está siendo enjuiciado en el procedimiento específico de los ERE tras ser exculpado por la Audiencia.

La resolución de la juez Bolaños recuerda que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla estableció en su momento que el auto del denominado procedimiento específico de los ERE "ha venido a agotar los hechos de relevancia penal apreciables en el llamado caso de los ERE" contra estos ex altos cargos imputados, por lo que investigarlos en las demás piezas "supondría una persecución penal por los mismos hechos en más de un enjuiciamiento", vulnerando el principio non bis in ídem.

Y añade la instructora que, "efectivamente, según pone de manifiesto la Audiencia Provincial en el denominado procedimiento específico se enjuicia no sólo toda ayuda sociolaboral sino también toda ayuda directa y todos los pagos que en virtud del sistema ideado se realizaron" y en este sentido argumenta que los hechos que se investigan en la pieza de la Faja Pirítica "constituyen sin duda pagos y ayudas concedidos y realizados en el marco del sistema ideado y mantenido, lo que justifica que el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación hable no sólo de prevaricación, sino también de malversación, acusación de la que deriva la responsabilidad civil y en la que se engloban todos los pagos que en virtud del sistema ideado se realizaron, como indica la Audiencia.

Bolaños señala que a los ex consejeros Antonio Fernández y José Antonio Viera se les ha traído a la causa de la Faja Pirítica por su "condición" de consejeros precisamente y, "en todo caso, por su conocimiento del uso de este sistema para desviar fondos de modo discrecional y arbitrario", hechos que como indicó la Audiencia son objeto del juicio del procedimiento específico. Y lo mismo argumenta la magistrada con respecto a los otros ex altos cargos a los que ha decidido apartar de la causa.

Con la exclusión de estos seis ex altos cargos, siguen como investigados en la Faja Pirítica dos ex responsables del Ministerio de Trabajo en la época de Aznar -la ex secretaria general de Empleo y la ex directora general de Trabajo Carmen de Miguel García y Soledad Córdova Garrido, respectivamente-, así como los ex secretarios generales de UGT-A y CCOO-A Manuel Pastrana y Francisco Carbonero, aunque la defensa de Pastrana alegó motivos de salud para no acudir a la declaración cuando fue citado por el juzgado. En esta pieza había inicialmente 25 personas imputadas por las ayudas de más de 40 millones de euros concedidos a los ex mineros de la Faja Pirítica.

De otro lado, la juez María Núñez Bolaños sí ha accedido a la petición de la Fiscalía Anticorrupción para ampliar el número de personas investigadas, por lo que ha acordado citar a cinco intrusos, personas que fueron incluidas "indebidamente" en las pólizas relativas a la bolsa de Tharsis.

Los fiscales también habían reclamado a la instructora la imputación de los trabajadores que pertenecieron al comité de empresa de las distintas minas, que fueron en su día imputados policialmente, por cuanto Anticorrupción consideraba que del contenido de las diligencias policiales "existen indicios de la participación de estas personas en los hechos objeto de investigación".

Sobre este aspecto, la magistrada ha preciado que una vez examinadas la actuaciones "no aparecen los miembros del comité de empresa los que se hace referencia, por lo que una vez que los designe el Ministerio Público se procederá a su práctica", concluye el auto.

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