Andalucía

La juez Bolaños elude pronunciarse sobre la orden ministerial del 95

  • La instructora dice que la aplicabilidad de esta norma es una cuestión que debe resolver "el tribunal que enjuicia" el caso

La juez María Núñez Bolaños, que instruye la macrocausa de los ERE, no se pronunciará sobre si las ayudas que concedió la Junta de Andalucía durante una década estaban amparadas en la orden del 5 de abril de 1995 dictada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La magistrada ha dictado un auto, de fecha 26 de marzo, en el que considera que "no procede" dictar en la pieza en la que se investigan las ayudas a los mineros de la Faja Pirítica onubense un pronunciamiento sobre la aplicabilidad de la orden ministerial como norma supletoria a las ayudas concedidas.

En el auto, la instructora señala que esta cuestión planteada por el abogado Carlos Leal Bonmati, uno de los investigados en la macrocausa de los ERE, es una cuestión que "ha de resolverse por el tribunal que conoce y enjuicia el denominado procedimiento específico". En este sentido, la juez explica que "valorar los informes de la Intervención General de la Junta de Andalucía, así como el informe pericial elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), y determinar si el proceso de concesión de ayudas excepcionales sociolaborales o directas utilizado por la comunidad autónoma era un procedimiento con marco legislativo legal y, en su caso, cuál era el mismo, es uno de los objetos del denominado procedimiento específico", añade.

María Núñez Bolaños recuerda en su resolución que en el auto dictado el 30 de julio de 2015 -aclarado en noviembre de ese mismo año-, en el que acordó la división en piezas separadas de la macrocausa de los ERE, se señalaba la "relevancia de dicha cuestión [la investigación del procedimiento específico] en la instrucción, diseño y alcance del resto de las piezas, y por ello se consideró necesario y esencial su enjuiciamiento con carácter prioritario, teniendo en cuenta, además, que dicha instrucción estaba concluida".

Por todo ello, concluye que "ni es el momento ni el lugar para plantear esta cuestión que se halla sub iudice, debiéndose estar al resultado del juicio ya iniciado en el denominado procedimiento específico".

El abogado Carlos Leal reprodujo en la pieza separada en la que se investigan las ayudas a los mineros de la Faja Pirítica el escrito presentado en noviembre de 2016 en la causa matriz -y que no fue respondido por la instructora- por un grupo de nueve imputados que pedían expresamente un pronunciamiento de la instructora sobre esta cuestión.

El nuevo escrito se produjo tras la declaración de la ex directora general de Trabajo del Ministerio Soledad Cordova, quien en su comparecencia señaló que "puede ser" que el marco legal por el que se concedían las ayudas de los ERE en Andalucía fuese el mismo que había utilizado el Estado para conceder sus ayudas: la mencionada orden de 1995. Y también declaró que la Junta puede "dar perfectamente las ayudas que vienen contempladas en la orden", porque tiene "competencia plena en materia de relaciones laborales".

La defensa reiteraba el escrito firmado por los nuevos imputados, en el que se solicitaba a la juez que se pronunciase sobre la "aplicabilidad de la orden ministerial del 5 de abril del Ministerio de Trabajo al conjunto de las ayudas sociolaborales que se ventilan" en las diligencias principales y estableciera si dicha orden "constituye el marco legal en el que se desenvuelven tales ayudas".

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