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Andalucía

Condenan a un cirujano a indemnizar a una paciente por operarla sin informarle de otros tratamientos

  • La mujer acudió a una clínica privada donde le estirparon el colon

Un Juzgado de Primera Instancia de Almería condenó a un cirujano de una clínica privada almeriense identificado como A.N.C. a pagar una indemnización de 101.437,75 euros a P.L.E., una mujer almeriense que tenía 53 años de edad cuando en 2005 el penado le practicó una colostomía sin informarle de otros tratamientos alternativos consistentes en radio y quimioterapia, más indicados para el cáncer de colon que sufría.

Los hechos juzgados, según consta en la sentencia, se remontan a agosto de 2005 cuando la paciente, tras sentir molestias acudió a la consulta del cirujano que le diagnosticó un cáncer de colon y, sin consultar a un oncólogo, decidió practicar una operación quirúrgica mutilante como única opción para extirpar el tumor.

Como consecuencia de la intervención, P.L.E. precisa una bolsa para dar vía de salida al colon a través de la pared abdominal, lo que implica, según recoge la denuncia, secuelas estéticas, morales y la imposibilidad de realizar actividades deportivas que antes practicaba, por lo que su representante legal pidió 287.123,33 euros en concepto de indemnización.

Tras la operación, la mujer consultó a un oncólogo que le dijo que no tenía que haber sido operada y acudió a un segundo especialista que ratificó que el tratamiento de elección según el protocolo era quimio y radioterapia, unas técnicas que, según la perito que compareció en el juicio, eran la primera opción en este caso.

Aunque durante el juicio el cirujano aseguró que la denunciante conocía con precisión las consecuencias y las alternativas que tenía antes de operarse, los familiares que acompañaron a la denunciante a las distintas visitas indicaron que el médico "nunca" habló de radioterapia, sino que dijo que había que operar.

La juez estimó, tal como refleja el apartado de fundamentos de derecho, la inexistencia de consentimiento informado, ya que la enferma suscribió consentimiento escrito sobre la intervención quirúrgica, pero el demandado no le proporcionó sin embargo toda la información sobre su padecimiento para que pudiera escoger con libertad dentro de las opciones que ofrece la medicina.

Sin embargo la juez no vio acreditada negligencia médica en la práctica de la intervención y el postoperatorio, por lo que dictó en la sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, la concesión de una indemnización por los daños morales derivados de la privación del derecho de la paciente a obtener la información esclarecedora previa a su consentimiento a la operación sobre las alternativas terapéuticas posibles.

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