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Andalucía

El Gobierno andaluz tramita una nueva ley del Suelo por la vía de urgencia

  • Sostiene que la crisis económica derivado del Covid-19 le llevan a reducir los plazos a la mitad

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo.

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo. / EFE

El Gobierno andaluz va a tramitar una nueva ley del Suelo por la vía de urgencia, lo que acortará los plazos en el Parlamento a la mitad. El argumento esgrimido es que la crisis económica que trae la pandemia del Covid-19 necesita el impulso económico que se supone traerá esta ley. La Ley de Impulso a la Sostenibilidad Territorial de Andalucía (Lista) sustituirá a la Loua, que se aprobó en un contexto, radicalmente, diferente, con la que se buscó un enfriamiento de la construcción justo antes de que estallase la burbuja inmobiliaria de finales de la primera década de este siglo.

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, sostiene que la nueva ley, que unifica 25 normas, quiere contribuir a la recuperación económica y la generación de empleo de Andalucía mediante la agilización de los trámites y el alivio de cargas innecesarias tanto a empresas como a particulares. Para ello, garantizará, por este orden, la viabilidad social, ambiental y económica de todas las actuaciones urbanísticas en la comunidad autónoma.

Para Carazo, el actual escenario legislativo "se caracteriza por su dispersión, además de generar inseguridad jurídica a ayuntamientos y particulares". "La LOUA, además, ha sufrido hasta once modificaciones en 18 años que han enmarañado aún más la normativa urbanística. Frente a ello, se dotará de una legislación sistemática, coherente y ordenada, no sólo por política legislativa, sino para facilitar su conocimiento a sus destinatarios", ha indicado la consejera. 

La nueva Ley cataloga cuatro tipos de suelos rústicos en función de su protección y articula dos tipos de planes generales en los municipios. El objetivo es que el plazo para la aprobación de un plan general, que hasta ahora supone entre ocho y diez años de media, se reduzca a año y medio o dos años. En esa simplificación, se agilizará la emisión de informes sectoriales.

También se marca como objetivo un sistema de planeamiento en función del tamaño y dinámica de los pequeños municipios y la incorporación de mecanismos de gestión urbanística adecuados a la población, capacidad y problemática de los municipios, con el fomento de la colaboración públicoprivada en la ejecución del planeamiento. Además, se articulará un modelo de planes urbanísticos menos rígido, atribuyendo a los instrumentos de planeamiento de desarrollo, y no al instrumento de planeamiento general, la ordenación detallada de cada ámbito.

Esta ley también establece como novedad un sistema dual de planeamiento que comprende el Plan de Ordenación Municipal, que marca el modelo general de ordenación del municipio; y el Plan de Ordenación Urbana, de ordenación de la ciudad existente; para dar respuesta a sus necesidades de regeneración y rehabilitación. Además, incorpora instrumentos de segundo nivel, como los Estudios de Ordenación, para atender las necesidades de renovación urbana en suelo urbano, y los Proyectos de Actuación municipal, con objeto de regular usos en los terrenos en que se propongan actuaciones extraordinarias en suelo rústico.

Se impulsa el papel de la iniciativa privada de carácter empresarial en la gestión y ejecución de planes, en las actuaciones de transformación urbanística y en el suelo urbano, removiendo trabas innecesarias, pero siempre garantizando la viabilidad técnica y financiera del proyecto.

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