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Caso ERE

La Audiencia arranca el proceso para decidir sobre la recusación del juez Pedro Izquierdo

  • El tribunal da por subsanado el defecto detectado en la recusación promovida por Manos Limpias, tras aportar un poder el secretario general Miguel Bernard.

  • Concede un plazo de tres días para que las demás partes "se adhieran, opongan o señalen si conocen otras causas de recusación" contra el magistrado

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha iniciado la tramitación de la recusación presentada por el sindicato Manos Limpias contra el magistrado Pedro Izquierdo, una vez que ha dado por subsanado el defecto formal detectado en su día en el incidente planteado por esta organización sindical. Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el tribunal ha fijado desde hoy un plazo de tres días para que, respecto a la recusación planteada, la demás partes personadas en esta causa en la que están procesados los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos, "se adhieran, opongan o señalen si conocen otras causas de recusación" a este magistrado.

El inicio de la tramitación de la recusación se produce después de que el secretario general de Manos Limpias Miguel Bernard haya firmado el "poder especial" para recusar al magistrado Pedro Izquierdo, ponente del juicio por el procedimiento específico de los ERE, lo que ha permitido subsanar el defecto de forma advertido por la Audiencia.

El abogado del sindicato, Rafael Prieto, ha aportado este mismo viernes a la Audiencia de Sevilla un poder notarial en el que Bernard asegura que ostenta la representación del sindicato para comparecer en los juzgados y tribunales y otorgar poderes en favor de abogados y procuradores con las facultades usuales. "Me asegura que dicho poder no le ha sido revocado, suspendido ni limitado y que no ha variado la capacidad de poderdante", asegura el notario en el poder para pleitos entregado en la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla. El notario considera "suficientes las facultades representativas acreditativas para el acto o contrato a que esta escritura se refiere", añade.

Miguel Bernard quedó en libertad provisional las pasadas Navidades, después de que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz lo dejase en libertad provisional en el marco de la investigación por la investigación relacionada con las supuestas extorsiones de Ausbanc y Manos Limpias a grandes bancos y particulares.

La Audiencia de Sevilla detectó recientemente un defecto formal en la recusación presentada contra el juez Pedro Izquierdo, al entender que la misma no cumple los requisitos exigidos en el artículo 223.2 de la ley orgánica del Poder Judicial "en cuanto se precisa que dicho escrito venga firmado también por el recusante, con aportación en todo caso de poder especial para la recusación", por lo que requirió a esta acusación para que "dentro del plazo restante para promover el incidente se cumplan las previsiones legales, y con su resultado se acordará".

El sindicato Manos Limpias, que ejerce la acción popular en el caso de los ERE fraudulentos, recusó a Pedro Izquierdo, después de que éste fuese designado como ponente en el enjuiciamiento de los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y de otros 24 ex altos cargos.

En un escrito remitido a la Audiencia, el abogado de Manos Limpias, Rafael Prieto, argumentó que, aunque no duda de la "profesionalidad, integridad y objetividad" del magistrado, hay dos causas de abstención o recusación en el caso de Pedro Izquierdo: el "interés directo" en el pleito y la "amistad manifiesta" con los ex altos cargos.

Así, explica que "como mínimo existe la presunción" de que el magistrado "simpatiza con los políticos acusados que le eligieron y mantuvieron durante más de seis años" en el cargo, por lo que sea cual fuere la sentencia que dictara "siempre arrastraría una sombra de sospecha en la ciudadanía, lo que degrada la imagen de la Administración de Justicia".

El sindicato prefería que el juez se hubiera abstenido de conocer la causa seguida "contra quienes apoyaron su nombramiento como cargo político y que a la sazón serían sus compañeros". Manos Limpias insiste en las "funciones políticas" desempeñadas durante más de seis años por el ponente de la causa "mano a mano y codo a codo (políticamente hablando) junto a los acusados determinantes de su nombramiento, lo que socialmente arroja dudas sobre su apariencia de imparcialidad, dentro de los cánones exigidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Para esta organización, existen causas objetiva de que puede "proyectarse a la sociedad dudas acerca de la apariencia de imparcialidad, porque lo que está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática", concluyó Prieto.

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