Andalucía

Protección de Datos archiva el caso de las listas de espera de Granada

  • Considera que las inexactitudes son mínimas y que la posible infracción ya ha prescrito

La Agencia Española de Protección de Datos ha dado por zanjado el caso del supuesto maquillaje de las listas de espera quirúrgicas en el hospital Virgen de las Nieves de Granada. Tras ocho meses de investigación, el director de la Agencia, Artemi Rallo, ha firmado con fecha 21 de marzo la resolución de archivo de actuaciones, principalmente porque la posible infracción ha prescrito. Con todo, declara que "es claro que en este caso se incluyeron datos inexactos de algunos pacientes que estaban en lista de espera quirúrgica al haber anotado una fecha de intervención diferente a la que aquella se produjo", pero los hechos (no cumplir el principio de exactitud), tipificados como graves, prescriben en el plazo de dos años.

En las trece páginas que ocupa la resolución, la Agencia detalla toda la investigación realizada en estos meses después de que el juzgado de instrucción de Granada archivara provisionalmente el caso, surgido en 2008 tras la denuncia de una trabajadora. El juzgado vio indicios de mala praxis administrativa pero lo remitió a Protección de Datos para que analizara un posible error o delito en la gestión de los datos de las historias de cientos de pacientes incluidos en el fichero de gestión de las listas de espera del hospital. Por tanto, quedaba en manos de la Agencia abrir procedimiento o archivar el caso, que es lo que ha hecho.

Para la investigación se ha tenido en cuenta el informe del hospital sobre 665 historias clínicas correspondientes a los años 2002-2004, según el cual "los pacientes fueron atendidos durante el momento en que se produjo un cambio en el sistema informático y se implementó el decreto de garantía de tiempo de espera. Las discordancias que se detectaron eran diferencias entre la fecha de la intervención y la fecha de baja en el programa de gestión de demanda. Sólo en 19 casos no se pudo establecer el procedimiento formal que se había seguido".

En su resolución, la Agencia de Protección de Datos matiza que se han "detectado un número mínimo de inexactitudes referidas a la fecha que consta como de operación y la que realmente fue".

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