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Andalucía

El Supremo confirma la anulación de las 35 horas en el País Vasco

El Tribunal Supremo confirmó ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 20 de diciembre de 2016, que anuló el decreto autonómico que establecía una jornada de trabajo efectivo de 35 horas semanales para los funcionarios de dicha comunidad. El Supremo rechaza así el recurso interpuesto por la administración vasca tras el fallo adverso de 2016.

En su sentencia, el Supremo declara que "las administraciones públicas, como es el caso de la Comunidad Autónoma de Euskadi aquí recurrente, al establecer una jornada de trabajo anual para los empleados públicos a su servicio, deben respetar los límites establecidos en la disposición final septuagésimo primera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012, que está vigente". Dicha disposición establece una jornada semanal para el citado personal de 37 horas y media. El decreto anulado fue dictado el 2 de febrero de 2016 por el Gobierno vasco, y establecía la jornada de trabajo anual para el año 2016 para sus 70.000 empleados. Fue recurrido por el abogado del Estado por la vía contenciosa-administrativa y el Tribunal Superior del País Vasco estimó el recurso, por lo que anuló la disposición, aunque no dictó medidas cautelares. Castilla-La Mancha y Andalucía también aprobaron disposiciones similares, en 2016 y 2017, respectivamente. Sin embargo, sólo estuvieron en vigor unos meses ya que el Gobierno central recurrió en ambos casos al Tribunal Constitucional, en vez de acudir a la jurisdicción ordinaria como en el País Vasco. La admisión a trámite de los recursos supuso la suspensión inmediata de la aplicación de la jornada semanal de 35 horas, que fue anulada definitivamente en sendas sentencias emitidas posteriormente.

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