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Andalucía

El TSJA comienza a negar las objeciones a Ciudadanía

  • El tribunal andaluz sigue de esta forma la doctrina establecida por el Supremo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado dos sentencias en las que rechaza la objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía, acogiendose de esta manera la doctrina del Tribunal Supremo (TS). El Alto Tribunal, en una sentencia del pasado febrero que unificó la materia en toda España, negó la posibilidad de objetar a esta asignatura. El abogado Carlos Seco, que defiende los intereses de varios padres de alumnos objetores, informó que también se han notificado sendos autos por los que, por la misma razón, se deniegan la adopción de medidas cautelares. Hasta ahora, el TSJA había reconocido en diversas ocasiones la posibilidad de la objeción a esta asignatura.

Seco consideró que "es nuestro derecho y nuestra obligación educar a nuestros hijos conforme a nuestras convicciones, evitando que en ellos haga mella la situación actual de una sociedad sin valores". El abogado recordó que "para la defensa de su derecho a educar conforme a sus convicciones, el Tribunal Supremo ha establecido la posibilidad de impugnar los contenidos concretos que se desarrollen a través de cualquier material didáctico que se emplee" y señaló que esta impugnación de contenidos "se hará de forma simultánea a la incorporación de los alumnos a clases".

"Aunque se haya denegado la objeción de conciencia, el Supremo ha reconocido y reafirmado el derecho fundamental de las familias a educar conforme a sus convicciones", mantuvo el abogado.

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