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Andalucía

El TSJA culpa a Educación de negar la objeción en Ciudadanía

  • Los padres objetores reclaman que sus hijos se consideren no evaluados

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso formulado por la Consejería de Educación contra un colectivo de padres , todos objetores de la asignatura Educación para la Ciudadanía, que apelaron contra el suspenso que obtuvieron sus hijos en la evaluación de esta materia. El tribunal, tal y como adelantó ayer el diario Abc, estima que suspender a estos alumnos supone una "denegación fáctica" de los procedimientos de objeción de conciencia cuya resolución aún estan pendientes.

Carlos Seco, abogado y padre de alumnos objetores, reclamó a la Consejería de Educación que opte por la calificación de no evaluado en el caso de las objeciones de conciencia no resueltas, evitando así los suspensos en las calificaciones definitivas que debe emitir este mes.

El Gobierno andaluz ha recurrido las seis sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que respaldan a las personas objetoras a la asignatura Educación para la Ciudadanía en la provincia de Jaén. Según explicó ayer la plataforma Jaén Educa en Libertad, la Junta les notificó el martes esta medida, por lo que los padres se personarán en el recurso de casación en el Tribunal Supremo y si éste no les diera la razón, acudirían al Tribunal Constitucional y todavía cabría el de Estrasburgo. Jaén es la provincia con el mayor número de resoluciones favorables a los padres objetores de conciencia: seis de las 14 conocidas.

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