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Andalucía

El TSJA desestima un recurso de CSIF contra el decreto del sector público

  • El tribunal valida la competencia de la Junta para aprobar la reforma sin acuerdo sindical · Aguayo cree que el fallo "clarifica" la legitimidad de la norma · CSIF irá al Supremo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) echó ayer por tierra la principal baza jurídica del sindicato CSIF contra el decreto ley 5/ 2010 que reformó el sector público el pasado año. Este decreto ley fue validado en febrero por una ley en el Parlamento.

La Junta se congratuló por la sentencia a su favor, la primera, y la interpretó como muestra de la "legitimidad" del decreto. CSIF anunció un recurso de casación al Tribunal Supremo y le restó contundencia al fallo, ya que "la batalla aún está abierta" en los recursos presentados a los estatutos y los protocolos de integración de cada nueva agencia, dijo a esta redacción Alicia Martos, responsable de CSIF.

La Sala de lo contencioso administrativo del TSJA en Málaga acordó desestimar el recurso planteado en agosto por CSIF contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de 27 de julio de 2010. En una sentencia dictada el 16 de septiembre, el alto tribunal desestima el recurso sindical por considerar que de la lectura de dicho acuerdo del Consejo de Gobierno "no se desprende vulneración alguna del derecho a la negociación colectiva laboral ni efecto personal discriminatorio contrario al derecho a la igualdad ni al de acceso a la función pública", toda vez que fue dictado "en el marco de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 27 de la Ley Andaluza 6/06 en materia de política económica".

La sentencia señala que dicho acuerdo de la Junta "no regula las condiciones de trabajo del sector público andaluz, sino que sienta las bases para su necesaria reordenación", de forma que estima que "la posible omisión de la intervención sindical en el proceso, como parte de la línea de actuación de la Administración autonómica, habrá de ser enjuiciada en cada uno de los instrumentos normativos de desarrollo en la materia pero no en el acuerdo en cuestión, dado su exclusivo carácter instrumental".

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo, mostró ayer su "satisfacción" por la sentencia, ya que viene a "clarificar" ante la opinión pública la "legitimidad" del proceso de reordenación del sector público y el "respeto" a los derechos de los empleados públicos de Andalucía. En declaraciones a Europa Press, Aguayo destacó que la sentencia indica "con claridad" que "no ha existido vulneración alguna al derecho a la negociación colectiva laboral, ni discriminación contraria al derecho a la igualdad ni al acceso a la función pública".

La responsable de CSIF Alicia Martos interpretó que la sentencia no entra en el fondo del asunto y aseguró que la Fiscalía en su momento apoyó que éste era un acto de naturaleza jurisdiccional, no sólo política, y lamentó que el TSJA se haya apartado de esa línea. Martos lamentó la tardanza en el fallo y consideró que la propia sentencia insta al sindicato a recurrir los "actos de desarrollo o aplicación del decreto", estatutos o protocolos de las agencias que ya ha recurrido el sindicato. El PP tiene un recurso contra la ley en el Constitucional.

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