El TSJA trasladará a los jueces el acuerdo que permite paralizar los desahucios
Del Río dice que han sido "jurídicamente imaginativos" hasta la entrada de la normativa
Hasta ahora algunos jueces han utilizado fórmulas "jurídicamente imaginativas" para paralizar algunos procesos de desahucios a los que tenían que hacer frente por ley e incluso algunos colectivos (Málaga o Córdoba)decidieron que se frenasen estas órdenes si detectaban cláusulas abusivas.
La entrada en vigor ayer de la Ley de protección de los deudores hipotecarios aprobada por el Gobierno central va a dotar a los jueces de un instrumento para facilitar su labor y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, informó ayer de que trasladará con carácter inmediato a los jueces la obligatoriedad de paralizar las ejecuciones con riesgo de exclusión social. Los beneficiarios de estas medidas deben cumplir unos requisitos muy estrictos, por lo que no se deben lanzar las campanas al vuelo sobre el fin de este drama social. No obstante, los jueces dispondrán de una herramienta más.
Del Río se refirió en concreto a un acuerdo del juez decano de Granada, Francisco Sánchez, que ha trasladado al referido servicio un documento que recoge que "deben suspenderse" los lanzamientos hipotecarios pendientes. Así lo comunicó a los periodistas el presidente del Alto Tribunal andaluz antes de inaugurar un congreso centrado precisamente en desahucios y ejecuciones hipotecarias.
En el acuerdo, según detalló, se informa de que todos esos procedimientos "deben ser revisados" por los jueces y se ordena que "se dé traslado a las partes para que aleguen en su caso posibles elementos u objeciones a ese proceso de ejecución".
El documento del juez decano de Granada comunica que deben suspenderse "las ejecuciones pendientes" porque las familias afectadas por una orden inminente de desahucio "han de disponer del plazo de un mes, en todo caso, para poder formular incidente de oposición".
Los jueces podrán instar al Servicio Común de Notificaciones a devolver órdenes inmediatas de desahucios a los juzgados para cumplir la ley de protección de deudores hipotecarios, lo que en la práctica implica la paralización de esos lanzamientos. Esa ley prevé que las partes ejecutadas (deudores) disponen del plazo de un mes para oponerse al desahucio si plantean la existencia de posibles cláusulas abusivas. La Ley de medidas para reforzar la protección de deudores hipotecarios entró en vigor ayer y, si no se revisaran los desahucios previstos desde ese día, "se privaría -advirtió el magistrado- de esta oportunidad procesal a los ejecutados que fuesen sometidos a lanzamiento durante el transcurso de ese plazo".
Por eso, el juez decano instó a los Servicios Comunes, que son los que ejecutan las órdenes de embargo y los lanzamientos que ordenan los jueces, a que devuelvan a cada juez sus correspondientes mandamientos para que, una vez transcurrido el plazo, "decreten lo procedente".
Del Río señaló que el cumplimiento del acuerdo es "inmediato", y que puede "extrapolarse" al conjunto de Andalucía en cumplimiento de la Ley. De hecho, indicó que, se pondrá en contacto con el resto de jueces decanos de la comunidad para que puedan proceder "en igual sentido".
"Los jueces no han sido insensibles ante este problema y han tenido que ser jurídicamente imaginativos hasta la entrada en vigor de esta normativa", señaló Del Río, quien se congratuló de que ahora puedan contar con "un mayor apoyo legal", frente a las anteriores "lagunas legislativas".
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