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Andalucía

Tropezón en el Camp Nou

  • El FC Barcelona tendrá que indemnizar a una gaditana con 7.351 euros por un accidente

Para casa antes de tiempo y con una pierna escayolada. El viaje de placer de una gaditana a la Ciudad Condal en septiembre de 2005 acabó por culpa de un tropezón. Isabel S.G. sufrió una caída en el jacuzzi del vestuario del Camp Nou y, casi tres años después, la denunciante le ha ganado la demanda a la institución que preside Joan Laporta, condenada a pagar a esta gaditana 7.351,62 euros. La defensa del caso, realizada por el abogado José Colón Sánchez, intentó un acto de conciliación que fue rechazado por el Barcelona, que negaba toda responsabilidad en el suceso. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona falló la semana pasada a favor de la demandante.

La defensa de Isabel S.G. mantenía que la diferencia entre el suelo del vestuario y la entrada casi a ras del piso del jacuzzi es imperceptible, por lo que es muy fácil que cualquier persona caiga dentro de esta piscina, como de hecho le ocurrió a esta mujer. A raíz del percance sufrió lesiones que tardaron en curar 63 días con impedimento para sus actividades habituales y 21 días sin impedimento, quedándole como secuelas, según el apartado de hechos probados que puede leerse en la sentencia, la disminución de la flexión dorsal del tobillo derecho, perjuicio estético consistente en hematoma en región anterior de la rodilla, disminución de la sensibilidad anterior la misma rodilla y dolor de moderado a intenso en el tobillo derecho que le impide realizar algunas actividades.

Isabel S.G. dio unos pasos hacia atrás dentro del vestuario para realizar una fotografía, con tan mala fortuna que cayó al jacuzzi. Los fundamentos de derecho establecen que el caso "no era impensable sino fácilmente previsible, que en los recorridos en grupo por las instalaciones del F.C. Barcelona alguna persona pudiera caer a la piscina, algo por debajo del nivel del suelo debido al ligero rebaje dispuesto alrededor de su contorno, toda vez que no sería extraordinario que los visitantes quedaran absortos en la contemplación del algo que han ido a ver y que les llame particularmente la atención". El magistrado de Barcelona Francesc Muñiz considera que el riesgo de caída pudo evitarse acordonando la piscina o simplemente advirtiendo sobre la existencia de la misma. "Ninguna de esas medidas de seguridad tomó el club", indica la sentencia, añadiendo que se dio una omisión culpable, daño a otro "y nexo de causalidad entre la omisión y el resultado dañoso, lo que determina la responsabilidad del club".

El Barcelona podría interponer un recurso de apelación, aunque el abogado de la demandante, José Colón, explica que la sentencia "es muy justa y tan perfecta que difícilmente puede cambiar".

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