Juicio de los ERE

La asesoría jurídica de IDEA “nunca” hizo un informe de legalidad porque no tuvo los expedientes

  • La testigo dice que les llamó la atención la "concentración geográfica" de las ayudas en la Sierra Norte de Sevilla.

La que fuera coordinadora de la asesoría jurídica del IFA María de la Palma Muñoz ha asegurado este lunes en el juicio por el denominado “procedimiento específico” que los letrados de la agencia “nunca pudieron hacer un informe de legalidad” sobe las ayudas sociolaborales y a empresas que concedía Empleo y pagaba el instituto porque “no recibieron los expedientes” de dichas subvenciones a pesar de que, como han declarado otros testigos, pidieron en su momento a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería.

La testigo, que hoy ha completado la declaración que inició el pasado miércoles, ha respondido de esta forma cuando se le ha preguntado sobre si en algún momento hubo una tacha de ilegalidad de las ayudas, a lo que ha contestado que no pudieron hacer ningún dictamen sobre la legalidad de las mismas al no haber recibido los expedientes.

En cualquier caso, la ex coordinadora de la asesoría jurídica, que también fue directora de los servicios jurídicos en otra etapa, ha afirmado que “nunca se trabajó” con la más “mínima duda de la ilegalidad”, puesto que partían de una base de “transparencia y legalidad” en relación a la orden de pago que recibían de la Consejería de Empleo.

Nunca se trabajó con la más mínima duda de legalidad

De otro lado, ha destacado que a la asesoría le llamó la atención la “concentración geográfica de las ayudas” –en la Sierra Norte de Sevilla-, una cuestión que fue tratada con el secretario general del IFA, entonces Francisco José Oyonarte.

Los convenios particulares, ha proseguido, eran objeto de revisión por parte de la asesoría jurídica y en caso de que no contaran con todos los elementos necesarios, entiende la testigo que el director del IFA/IDEA no los habría firmado. Así, ha dicho que leían “con mucha atención y con todo el rigor de sus capacidades” dichos convenios para que las órdenes de pago “no tuvieran ningún problema jurídico”.

La testigo ha dicho que no fue hasta 2003, con la llegada a la secretaría general de la agencia de Francisco José Oyonarte, cuando se introduce que los convenios particulares tienen que pasar por la asesoría jurídica y respetar el reglamento. A partir de Oyonarte, “los convenios particulares pasan por la asesoría jurídica y hay un control de la asesoría para que se respete la autorización de gasto que nos exigía nuestro reglamento”, ha aseverado la testigo, que ha agregado que sus superiores no percibieron “señales de alerta” para exigir un análisis más detallado a la asesoría jurídica.

Sobre el convenio marco de 2001, no les llamó la atención, puesto que entendía que había sido informado por el gabinete jurídico de la Junta, partían de la “legalidad” del procedimiento y en el mismo se establece un “marco para encargar unos pagos a un ente instrumental de la Junta”, ha insistido.

La ex coordinadora ha indicado que no conoció la existencia ni el contenido del informe adicional de 2003 de la Intervención, y ha dicho que cuando se cambia el sistema por la encomienda de gestión “advirtieron de que dejaran de pagarse porque tenían que ser ayudas sociolaborales” y no directas a empresas.

María de la Palma ha señalado igualmente que el pago de las ayudas sociolaborales era una “actividad mínima y residual” de la agencia, “no era objeto de la actividad principal ni de lejos”, ha sentenciado.

También ha dicho que el IFA es un “ente instrumental de la Junta que tiene capacidad subvencionadora”, y ha explicado que en agosto de 2009 “apuntaron” que el órgano competente para la concesión de estas ayudas sería el titular de la Consejería de Empleo, en caso de que no existiera una delegación de competencias a favor del director general de Trabajo.

De otro lado, en la sesión de hoy también ha declarado el presidente de la Fundación Unicaja, Braulio Medel, quien ha afirmado que "nunca tuvo una advertencia o tacha de injusticia o de ilegalidad" en relación con el pago de las ayudas de la Consejería de Empleo que se materializaba por parte del IFA/IDEA, a cuyo Consejo Rector pertenecía. Medel ha dicho que tuvo una representación más bien "simbólica" en el Consejo Rector de la agencia IDEA, precisando que en la última etapa sólo asistió a cuatro sesiones de este órgano. Según ha explicado, el convenio marco de 17 de julio de 2001 por el que se concedían las ayudas sociolaborales y a empresas lo conoció "después de que se instruyera esta causa", en mayo de 2014, y ha insistido en que no fue "nunca" aprobado ni ratificado en ninguna sesión del Consejo Rector.

Preguntado sobre por qué el Consejo Rector no pidió que se le remitiera ese convenio marco, el presidente de la Fundación ha relatado que "no hubo nunca ninguna alerta" sobre el abono de las ayudas, ni de la Intervención General de la Junta, ni de los servicios jurídicos, "ni de nadie", ha aseverado.

El testigo ha explicado que el IFA/IDEA aprobaba sus propias subvenciones y a través de la encomienda actuaba como ente "meramente instrumental" en unas operaciones que, según ha dicho, no tenían relevancia para el IFA.

Las funciones del Consejo Rector no eran iguales a las de un consejo de administración, por cuanto el Consejo Rector "no marcaba la estrategia del IFA, no era competente para nombrar al presidente ni al director general, no aprobó ningún anteproyecto de presupuestos del IFA, y no formuló las cuentas generales", y tampoco le enviaron a él la documentación del convenio marco ni recibió ningún informe de la Intervención General advirtiendo de las irregularidades en el procedimiento para la concesión de las ayudas. 

Braulio Medel ha agregado que los informes de la auditoría de la agencia ponían de manifiesto que las cuentas generales "reflejaban fielmente la realidad de las cuentas y su situación patrimonial", y eso dictámenes eran favorables con algunas salvedades. Braulio Medel ha concluido diciendo que si hubiera habido "desconfianza" en que llegaran los fondos por parte de la Consejería de Empleo, el auditor no habría realizado esas afirmaciones en su informe y éste no hubiera sido además favorable.

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