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Andalucía

El juez desestima conceder el tercer grado al empresario cordobés Rafael Gómez

El juez de vigilancia Penitenciaria de Córdoba ha desestimado el recurso presentado por la defensa del empresario cordobés Rafael Gómez contra la resolución de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciara del pasado 5 marzo que lo clasificó como interno de segundo grado. Gómez solicitaba el tercer grado, un régimen de semilibertad en el que el condenado puede estar de día fuera del centro penitenciario, pero tiene que dormir allí.

El juez asegura que el interno "no reúne factores suficientes" que indiquen su preparación para el acceso a este régimen, ya que "está condenado por dos delitos contra la Hacienda Pública a una cuantía importante, tanto en lo relativo a la multa como a la responsabilidad civil". Además, detalla el magistrado, "lleva escaso tiempo de cumplimiento, sin llegar a la cuarto parte de la condena, que es un requisito insoslayable para tener acceso a la concesión de permisos penitenciarios". Este es el "motivo fundamental" para la denegación del tercer grado, ya que, detalla el juez, "no es práctica habitual, al menos en este juzgado, la concesión de un tercer grado inicial, puesto que ello supondría establecer un agravio comparativo respecto de otros internos".

El empresario ingresó en la prisión de Alcolea el 3 de diciembre del año pasado. La suma de las penas que acumula por delitos contra la Hacienda Pública, tras dejar de pagar lo correspondiente al impuesto de Sociedades de sus empresas Arenal 2000 y Arenal 2001 durante el año 2006, son cinco años y tres meses de cárcel, más una multa que roza los 112 millones de euros. Por el primero de estos delitos Gómez está condenado a dos años y nueve meses y, por el otro, a dos años y medio. El alto pago que debe acometer se debe a dos multas: una de 102,3 millones y otra de 9,6.

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