Tribunales

Pedro Pacheco, condenado a un año y nueve meses de cárcel por el caso 'Huertos de Ocio'

  • El ex alcalde de Jerez y su entonces gerente de Urbanismo, Luis Cruz, deberán indemnizar con casi 130.000 euros al Ayuntamiento l La permuta "era ruinosa" para las arcas, dice la sentencia

Pacheco, antes del inicio de una las sesiones.

Pacheco, antes del inicio de una las sesiones. / manuel aranda

El ex alcalde de Jerez Pedro Pacheco y quien fuera su gerente en la extinta Gerencia Municipal de Urbanismo, Luis Cruz, han vuelto a ser condenados por la Justicia. La Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Jerez, los castiga al cumplimiento de un año y nueve meses de prisión por perpetrar un delito de prevaricación en concurso medial con una estafa por el caso 'Huertos de Ocio'. Igualmente les impone a ambos una inhabilitación especial para empleo o cargo público durante tres años y seis meses, que indemnicen al Ayuntamiento de Jerez, así como una multa de 3.750 euros, mientras que les absuelve de los delitos de falsedad en documento oficial. Los dos técnicos municipales que se sentaban en el banquillo, a los que el ministerio fiscal no acusó en ningún momento, han sido absueltos.

Esta sentencia no es firme, por lo que podrá ser recurrida en términos de casación ante el Tribunal Supremo. En caso de que la pena de cárcel se mantenga para ambos, Pedro Pacheco perderá el tercer grado, pasará al segundo y deberá ingresar de nuevo en el centro penitenciario de El Puerto. Por su parte, Luis Cruz ya acumulaba una condena de un año y diez meses de prisión por el caso 'Casa del Rocío' la cual había quedado en suspenso. Esta nueva condena provocará que ambas penas (un año y diez meses y un año y medio) se sumen, por lo que también deberá ingresar en prisión, aunque como recluso primario. A todo ello hay que unir que ambos, Pacheco y Cruz, de forma solidaria, deberán indemnizar al Ayuntamiento de Jerez con 129.026 euros.

El caso 'Huertos de Ocio' juzgó la permuta realizada por la GMU y la empresa Xera Promociones, mediante la cual el Ayuntamiento daba los terrenos de los antiguos huertos de ocio de San José Obrero a Xera a cambio de un edificio ubicado en la calle Jesús de la Flagelación, junto a la calle Medina. El problema radicó en que los terrenos valían más que el edificio y el intercambio no se realizó conforme a la ley. La clave del caso estuvo en que el valor de los terrenos de los huertos no se correspondía con el del edificio. Es por ello, precisamente, que ese desfase (129.026 euros) es lo que deberán pagar los dos condenados para resarcir al Ayuntamiento.

La sentencia es clara cuando relata los hechos acaecidos y sus consecuencias. Así, señala que este procedimiento "benefició a Xera Promociones SA con perjuicio de la Administración municipal (…) habiéndose aprovechado Pedro Pacheco de su condición de presidente y vicepresidente de la GMU", mientras que de Luis Cruz dice que hizo lo mismo "en su condición de gerente de la GMU, quien omitió sus funciones de ejecución y control que van aparejadas a la ostentación de su cargo". "El procedimiento de permuta se ideó -sigue la sentencia- por los acusados con la clara intención de evitar una venta pública a la que pudiese comparecer cualquier posible comprador. Y para lograr el éxito de esta operativa los acusados incurrieron de forma consciente en defectos y omisiones groseras en la tramitación del procedimiento".

La sentencia, que está rubricada por cuatro magistrados de la Audiencia Provincial con sede en Jerez, señala claramente que "el edificio sigue sin tener uso alguno y sigue deteriorándose cada vez más. En resumen, es una adquisición ruinosa y que no tenía justificación alguna para el Ayuntamiento". Añade que "el acusado Sr. Pacheco es revelador en sus declaraciones en juicio cuando manifiesta que seguramente habrá habido un complemento en metálico (para compensar la diferencia de valor entre ambas propiedades), que tiene que ser así aunque no lo recuerda. Que quizás o igual se puede completar con el dinero en efectivo.

Manifestaciones dubitativas y poco creíbles en alguien que debería saber si hubo compensación y cómo se cobró en su caso y qué se hizo con ella. Lo que esconden es la certeza de que no se exigió el complemento en metálico, beneficiando a Xera y perjudicando claramente al Ayuntamiento".

Los magistrados destacan que en el transcurso del proceso "nadie nos ha explicado por qué se transmutó en una permuta de la totalidad de la finca del Ayuntamiento. Los acusados se escudan en el que el consejo (de la GMU) posteriormente dio el visto bueno a tal permuta, pero es importante analizar cómo funcionaba el consejo de la Gerencia".

Las conclusiones alcanzadas por la Audiencia a este respecto son demoledoras: "Se evidencia que el consejo no controlaba nada técnica ni legalmente y que sólo era el reflejo de la lucha política que pudiera existir, pero nunca como un órgano decisor o que pudiera poner reparos a los temas que se llevaban a él". "Esto lo conocía el Sr. Pacheco, con larga trayectoria en la Gerencia y que en esos momentos sabía que políticamente tenía al consejo controlado" y se aprovecharon de ello, tanto Pacheco como Cruz, "para sacar adelante un expediente carente de requisitos legales y que además beneficiaba descaradamente a una entidad privada como Xera en detrimento de las arcas del Ayuntamiento".

Abundando en estos hechos, los magistrados apostillan en la sentencia que "la decisión de permutar la finca municipal con el inmueble de Xera constituyó una resolución adoptada con el único sustento de la exclusiva voluntad de los acusados, convertida irracionalmente en aparente fuente de normatividad y situada extramuros de toda justificación que pudiera tener el más mínimo apoyo racional".

La sentencia no obvia el hecho de que los delitos juzgados comenzaron a perpetrarse hace ya quince años. Es por ello que reconoce la existencia de una atenuante de dilaciones indebidas.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios