Consumo

¿Puede mi casero subirme el precio del alquiler por el coste de la calefacción?

¿Puede mi casero subirme el precio del alquiler por el coste de la calefacción?

¿Puede mi casero subirme el precio del alquiler por el coste de la calefacción?

Con la bajada de las temperaturas toca poner la calefacción en las viviendas, y esto trae una gran duda para las personas que vivan de alquiler. Si el contrato incluye el precio de los suministros, ¿puede el casero subir el precio del alquiler por el coste de la calefacción? 

Consultas como estas están a la orden del día, según cuenta Mariluz Rodríguez, abogada de Legálitas. Según explican, "los propietarios no pueden repercutir el incremento del precio de la calefacción en el contrato" y que los que pretendan hacerlo van a tener "muy difícil conseguir su objetivo".

Rodríguez explica al diario que una opción que se contempla es utilizar la cláusula "rebus sic stantibus", ya utilizada en la pandemia, y se traduce en que "los contratos pueden ser revisados siempre que ocurran circunstancias nuevas que alteren las condiciones que se tuvieron en cuanta cuando se formalizó el contrato", aunque la abogada argumenta que las subidas en el precio de los suministros no es una novedad, así que si no se hizo cuando empezaron a incrementarse estos precios, "no se debería hacer ahora".

En el caso de las personas que vivan en una comunidad en la que haya calefacción central y esta no vaya a encenderse, el inquilino puede ampararse en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos española, que dice que "el arrendador está obligado a realizar todas aquellas reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad de la vivienda y el arrendatario está obligado a soportar dicha reparación".

Por lo que, según explica Tomás Felipe de Pedraza, abogado de Legálitas, al periódico, el inquilino podría exigir al casero una opción alternativa de calefacción sin que esta se viera reflejada en un aumento de la renta.

En el caso de que el casero se negara, el inquilino podría acogerse al incumplimiento contractual y reclamar los daños y prejuicios. Otra opción sería continuar en la vivienda, calentarla por otro medio y reclamar los costes al casero, amparándose en el artículo 21.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, según cuenta el letrado a La Razón. Además, si la calefacción central está incluida en el precio del alquiler, al no disfrutarla podría exigir una reducción de la cuota mensual.

¿Y si no puedo pagar la calefacción?

La decisión sobre encender la calefacción central y a qué hora hacerlo se toman en las juntas de vecinos por votación, así que puede ocurrir que se decida encenderla y nosotros no podamos hacer frente al pago que supondría. En este caso, Tomás Felipe de Pedraza apunta que habría que intentar llegar a un acuerdo con la comunidad, para que se permita "unas facilidades en el pago, amparándose en la situación de crisis".

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