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Dos Hermanas

La Junta equipara a Dos Hermanas con las capitales andaluzas

  • La localidad, por tener más de 75.000 habitantes, podrá adherirse al proyecto de ley aprobado por el Gobierno andaluz para convertirse en un Municipio de Gran Población

El Gobierno andaluz ha aprobado hoy el proyecto de ley que regula los requisitos para el acceso de las ciudades a la condición de Municipio de Gran Población, una norma que permitirá esta condición a tres capitales (Huelva, Cádiz y Jaén) y otras siete ciudades con más de 75.000 habitantes.

El proyecto de ley, que desarrolla la Ley estatal de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, conlleva un régimen organizativo distinto al del resto de corporaciones locales y, una vez aprobado por el Parlamento andaluz, se aplicará a los municipios andaluces que sean capitales de provincia, cuya población no supere los 175.000 habitantes, así como a los que tengan más de 75.000 habitantes y presenten especiales circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales.

Tras la reunión del Consejo de Gobierno, la consejera de Gobernación, Clara Aguilera, ha explicado en rueda de prensa que la futura norma comenzará a tramitarse en la Cámara autonómica el próximo septiembre y que de la misma quedarán excluidas las ciudades de más de 250.000 habitantes y las capitales de provincia con más de 175.000, ya que estas están reguladas directamente por la legislación estatal.

Las ciudades que podrán acogerse a esta normativa serán aquellas comprendidas entre los 175.000 habitantes- Huelva, cádiz y Jaén, y los 75.000- Dos Hermanas, El Puerto de Santa María y San Fernando en Cádiz y Marbella, en Málaga. Estos municipios podrán equipararse a aquellos que han sido declarados de gran población según la legislación estatal, tales como Córdoba, Málaga, Sevilla, Almería y Granada, todos ellos con una población con más de 175.000 personas.

Esto no supondrá mayores recursos financieros pero sí la posibilidad de crear mecanismos que permita la "modernización" de su funcionamiento y la "mejora" en determinados servicios públicos.

De esta manera, las ciudades que se adhieran a este programa podrán adoptar en sus corporaciones el régimen organizativo recogido en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen y modificada por la Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Asimismo permite incorporar la figura del delegado municipal no electo o la creación de órganos como la oficina del defensor del ciudadano. Cualquier persona, distinta al alcalde, podrá ocupar la presidencia de las sesiones en los plenos de los ayuntamientos.

No obstante, la inclusión de los municipios a este tipo de catalogación completa requisitos como que deberá ser aprobada, en primer término, por mayoría absoluta en los plenos municipales.

Una vez cumplida esta obligación será el Parlamento andaluz el que ratifique posteriormente la petición de estos municipios.

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